Integran parque al Sistema de Áreas Naturales Protegidas en Tamaulipas

El Parque Estatal “La Laguna la Escondida'' tiene como objetivo establecer y promover la protección, preservación, conservación y recuperación de la zona núcleo.

Parque Estatal “La Laguna la Escondida'' | Facebook
Antonio Hernández
Reynosa /

Se integra “Laguna la Escondida” al Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente de Tamaulipas, con lo que su administración, acondicionamiento, conservación, investigación, desarrollo y vigilancia también queda bajo su resguardo.

Por causa de utilidad pública, a partir de este martes, se declara Área Natural Protegida clasificada como Parque Estatal, con el nombre “Laguna la Escondida”, a una superficie de 320-37-33.92 Has. Localizada en la zona urbana de Reynosa, Tamaulipas.

Las violaciones a las disposiciones del presente Acuerdo Gubernamental se sancionarán conforme al Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas, así como el Código Penal del Estado de Tamaulipas y reglamentos aplicables.

El Parque Estatal “La Laguna la Escondida tiene como objetivos: Establecer y promover la protección, preservación, conservación y recuperación de la zona núcleo.

Promover el mejoramiento ambiental y de paisaje tanto en la zona núcleo como en la de amortiguamiento.

Promover la educación, capacitación e investigación científica en todo el polígono del área natural protegida.

Promover la recreación, cultura, esparcimiento, deporte y turismo, a través del uso tradicional y público, así como del aprovechamiento sustentable de los recursos naturales en la zona núcleo.

Regular las actividades de asentamientos humanos; el establecimiento de infraestructura, equipamientos, ejecución y construcción de obras civiles públicas y/o privadas, que realicen quienes ejerzan derechos de propiedad, habiten, residan y estén establecidos de manera parcial y/o definitiva, que fortalezcan el desarrollo de actividades económicas, productivas, comerciales y de servicio dentro de la zona de amortiguamiento y sus respectivas subzonas.

Las zonas y sub zonas

Zona Núcleo

Tendrán como principal objetivo la preservación de los ecosistemas a mediano y largo plazos, en donde se podrán autorizar las actividades de preservación de los ecosistemas y sus elementos, de investigación y de colecta científica y educación ambiental, y limitarse o prohibirse aprovechamientos que alteren los ecosistemas. Esta zona comprenderá el cuerpo lagunar al cual se le dará prioridad a las actividades encaminadas a la rehabilitación del cuerpo lagunar como desazolve, repoblación, revegetación y otras actividades concernientes a la recuperación de las condiciones naturales del área además de controlar, detener y revertir el proceso ecológico, quedando sujetas a la presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental respectiva, y al Plan Integral de Manejo integrado por el mismo.

Zona De Amortiguamiento

Tendrán como principal objetivo la conservación de los ecosistemas a largo plazo, a través de la orientación de las actividades de aprovechamiento que ahí se lleven a cabo.

Subzona De Uso Público

Aquellas superficies que presentan atractivos naturales para la realización de actividades de recreación y esparcimiento, en donde es posible mantener concentraciones de visitantes, en los límites que se determinen con base en la capacidad de carga de los ecosistemas. Se designa como Subzona de Uso Público donde se permita el desarrollo de: recreación, educación ambiental e investigación. En esta área se instalará la infraestructura necesaria para el servicio de estacionamiento de vehículos, centro de visitantes, labores de educación ambiental, vigilancia y actividades similares. La implementación de infraestructura necesaria para su recreación y el turismo. El centro de visitantes y demás componentes de proyecto integral recreativo, estará sujeto a su aprobación al dictamen en materia de impacto ambiental de acuerdo al reglamento respectivo, quedando comprendida en la poligonal que forman las siguientes coordenadas.

Subzona De Asentamientos Humanos

Aquellas superficies donde se ha llevado a cabo una modificación sustancial o desaparición de los ecosistemas originales, debido al desarrollo de asentamientos humanos, previos a la declaratoria del área protegida.

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