De enero a mayo de 2021, el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública registró un total de 779 expedientes abiertos por Incumplimiento de Obligaciones de Asistencia Familiar.
En este mismo lapso, a nivel nacional se registraron un total de 9 mil 146, de los cuales, 759 corresponden a Guanajuato: 101 en enero, 149 en febrero, 195 en marzo, 170 en abril y 144 mayo.
Sin embargo, en cuanto a delitos contra la familia en el estado, se posiciona en primer lugar la violencia familiar, con un total de 4 mil 710 expedientes abiertos.
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Otros delitos contra la familia registran 20 expedientes, mientras que violencia de género en todas sus modalidades distinta a la violencia familiar, cero.
Según el artículo 215 del Código Penal para el Estado de Guanajuato, el Incumplimiento de las Obligaciones de Asistencia Familiar sucede cuando una persona deja de proveer de manera total o parcial con las obligaciones alimentarias y se sanciona con desde seis meses, hasta tres años de prisión y de cinco hasta treinta días de multa.
“ARTÍCULO 215. A quien injustificadamente deje de satisfacer obligaciones alimentarias, total o parcialmente, se le impondrá una punibilidad de seis meses a tres años de prisión y de cinco a treinta días multa, además del pago de alimentos caídos en términos de la legislación civil” señala el documento.
La salida administrativa se refiere a todos aquellos asuntos que se emiten a través del perdón del ofendido porque ya se le pagaron los alimentos, porque hay una orden de aprehensión pendiente por cumplimentar, porque asumieron una suspensión condicional del proceso, porque están en un proceso de mediación y conciliación o concluyeron la conciliación satisfactoriamente.
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Para iniciar un trámite por el delito de Incumplimiento de Asistencia Familiar, la madre o la parte que demanda, debe checar varios supuestos.
Pueden acudir a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Guanajuato, a la Defensoría Pública en Materia Civil, realizarlo por medio de una asociación privada que apoye a las madres; o bien, contratar a un abogado para presentar una demanda de reconocimiento de paternidad e iniciar el trámite en el sistema de Oralidad Familiar.
Cabe mencionar que la ley no sólo contempla los alimentos, ya que de acuerdo al Código Civil del Estado de Guanajuato, el esparcimiento, la salud, el vestido y la educación también se incluyen dentro de la pensión sin importar el estado civil de los padres, si están casados o separados.