Vecinos de Tlalpan reportan que Six Flags hace consulta para construir nuevo juego; talaría árboles

Tlalpan Vecinos denunció en redes sociales que el parque de diversiones realiza una consulta para informar sobre el proyecto.

La organización Tlalpan Vecinos denunció el presunto proyecto (Diseño: Milenio)
Milenio Política
Ciudad de México /

La organización Tlalpan Vecinos denunció en redes sociales una consulta presuntamente organizada por el parque de diversiones Six Flags México para construir un nuevo juego mecánico, que implicaría talar 150 árboles.

De acuerdo con la organización, el parque "está llevando a cabo una 'consulta vecinal' en la que se informa que se talarán 150 árboles".

Tlalpan Vecinos compartió una imagen donde se puede apreciar un módulo, presuntamente instalado en las inmediaciones del parque, donde se informa que la consulta estaría relacionada con el 'Roller Coaster Type A'.

El presunto proyecto implica, según información que también ha sido difundida en redes sociales, el "desmantelamiento y retiro de un juego mecánico de nombre 'Aquuaman', con la intención de construir una nueva atracción".

Así lo denunció Tlalpan Vecinos:

Tlalpan Vecinos denunció que este proyecto ya cuenta con autorización por parte de la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina, sin embargo, hasta el momento no se conoce información oficial por parte de la dependencia.

En redes sociales circula esta ficha sobre el presunto proyecto (Especial)

En tanto, en las cuentas oficiales del parque de diversiones, tampoco hay información referente al presunto proyecto.

Tala ilegal en Ciudad de México 

La tala de árboles en la Ciudad de México está regulada y, de no contar con los permisos necesarios, incluso se podría imponer un castigo penal.

El artículo 34 Bis del Código Penal para la Ciudad de México establece que "se le impondrán de tres meses a cinco años de prisión y de 500 a dos mil días multa, al que derribe, tale, o destruya parcialmente u ocasione la muerte de uno o más árboles".

Además, si está acción se realiza en un área natural protegida, en un área de valor ambiental, en suelo de conservación, en una barranca o en un área verde en suelo urbano, la pena se duplicará.

"Cuando una o más de las conductas descritas en el presente artículo resulte cometida a nombre, bajo el amparo o a beneficio de una persona moral o jurídica, a ésta se le impondrá la consecuencia jurídica consistente en la prohibición de realizar determinados negocios u operaciones hasta por 5 años, multa hasta por quinientos días multa, independientemente de la responsabilidad en que hubieren incurrido las personas físicas por el delito cometido".

rarr 


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