Esta es la pena que podría alcanzar el hombre que arrojó a un perro en aceite hirviendo en Tecámac

Hace unos años las agresiones contra los animales no eran consideradas como delitos.

Lastimar o causar la muerte a un ejemplar ya puede ser sancionado.
Tecámac /

La muerte de un perro que fue lanzado por un hombre a un cazo con aceite hirviendo el pasado fin de semana en el municipio de Tecámac, ha causado conmoción entre los habitantes del Estado de México.

Aunque hasta hace unos años las agresiones contra los animales no eran consideradas como delitos, a partir del año 2017 la autoridades mexiquenses lo incluyeron en el código penal de la entidad.

Esto debido a la presión de colectivos y activistas en defensa de los animales por los casos de abuso que se han registrado en municipios del Valle de México, como Nezahualcoyotl.

Recientemente en ese municipio de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México rescató a casi 100 caninos que se encontraban asignados en una vivienda en octubre de 2022.

Con ello, lastimar o causar la muerte a un ejemplar ya puede ser sancionado por autoridades del Poder Judicial y castigar con años prisión y multas económicas.


¿Cuál es la pena que podría alcanzar asesino de perro en Tecámac?


En un inicio las penas fueron establecidas con apenas dos años de prisión y multa de cincuenta a ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en la zona geográfica que corresponda

Sin embargo, para 2021 el congreso del Estado de México estableció sanciones más severas contra quien maltrate dañe o asesina un animal en los 125 municipios del Estado de México.

La modificación se realizó en julio de 2022 cuando el Congreso mexiquense acordó endurecer las sanciones y duplicar el castigo a quienes lastimen a los ejemplares, considerados seres vivientes.

Ahora, las pena pasaron de cuatro años de prisión a quien sea sorprendido agrediendo a un animal, con la posibilidad de incrementar en una mitad si los actos se videograban, fotografían o difunden.

Con estas reformas, también se impondrán hasta seis años de prisión a quien cause la muerte no inmediata y prolongue la agonía de cualquier animal que no constituya una plaga.

Si el delito es cometido por un servidor público, la pena se eleva hasta 50 por ciento, es decir, podrá pasar hasta nueve años de prisión si es considerado culpable.

La reforma también contempla hasta cuatro años de cárcel a quien cause lesiones dolosas o cometa abuso sexual contra animales que se llevará a seis años si el acto es fotografiado, videograbado o difundido.

Hasta el momento, las autoridades del Estado de México indicaron que ya hay una carpeta de investigación para lograr la detención del responsable que lanzó al ejemplar en Tecámac.



HCM


  • Juan Camacho
  • juan.lopezc@milenio.con
  • Egresado de la FES Aragón. Orgullosamente UNAM. Cuento historias del Valle de México desde hace 10 años. Viajo en moto y soy fan de Cruz Azul.

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