¡No te la juegues! Esto dice el Reglamento de Tránsito de Edomex sobre conducir alcoholizado

El Reglamento de Tránsito establece la obligaciones que tienes como conductor, entre ellas, someterte a controles para detectar un posible grado de intoxicación. Te contamos.

¡Conduce sin alcohol! | (Cuaroscuro)
Estado de México /

Aunque las posadas están por teminar, aún quedan dos semanas del famosísimo Guadalupe-Reyes y, como es tradición, el ponche navideño podría contener uno que otro piquetito, sin embargo, toma en cuenta que si decides consumir alcohol y conducir, pondrás en riesgo la vida de otras personas, tu integridad y habrá sanciones. Te contamos qué dice el Reglamento de Tránsito vigente.  

Primero que nada, es importante mencionar que el Reglamento (puedes consultarlo aquí) es un documento de "orden público e interés social y de aplicación obligatoria en todos los municipios del Estado de México", así lo establece su Artículo 1.

Además, es importante recordar que su aplicación compete no solamente a las autoridades de orden estatal: las municipales tembién podrán sancionarte.

El marco legal 

En su Artículo 14, III, el Reglamento de Tránsito de la entidad mexiquense establece que si conduces bajo efecto del alcohol, los agentes del tránsito están facultados para detenerte y ponerte a disposición del Ministerio Público.

"Detener y remitir a disposición del Ministerio Público, a los conductores de vehículos que presumiblemente manejen en estado de ebriedad o bajo efecto de drogas enervantes o a los que hubiesen cometido hechos configurativos de delito", dice textualmente el citado apartado.

Además, en el Artículo 90 se establecen tus obligaciones como conductor. 

  • XVI. Abstenerse de conducir bajo el efecto de drogas o psicotrópicos
  • XVII. Abstenerse de conducir en estado de ebriedad

También, debes saber que el Artículo 106 ter. establece que estás obligado a someterte "a las pruebas para la detección del grado de intoxicación por el médico adscrito a la oficialia calificadora del municipio que corresponsa", esto en caso de que seas detenido por conducir bajo los efectos de "enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o tóxicas". 

¿Se quedan con mi vehículo?

Sí, el Reglamento de Tránsito mexiquense, en su Artículo 118, establece que cualquier vehículo podra ser remitido a corralón si la persona que lo conduzaca es sorprendida "en estado de ebriedad o por el influjo de drogas, enervantes o psicotrópicos".

¿Y qué multas se impnen?

Si eres detenido por estos motivos, además tendrás que pagar 20 UMAs.

Es decir, si los oficiales de tránsito determinan que te encuentras bajo los efectos del alcohol, la multa será de 2 mil 75 pesos, redondeando los centavos de la operación.

Asimismo, las personas que conduzcan bajo el efecto de alguna droga, enervante o psicotrópico, serán acreedores a la misma sanción, 2 mil 75 pesos.

RARR 


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