El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco sesionó para dar cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEEJ), relativo a los juicios de inconformidad de las elecciones de munícipes en San Pedro Tlaquepaque, Juanacatlán y Villa Hidalgo.
Con base en la sentencia identificada como JIN-24/2018 y acumulados, en la que el TEEJ determinó anular la votación en la casilla 3345 C1, se realizó nuevamente la asignación de munícipes para el Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque por el principio de representación proporcional, sin embargo, la nueva reconfiguración de la votación total no modificó la asignación de munícipes por el principio de representación proporcional que originalmente fue realizada por el organismo electoral.
De igual manera, tomando en consideración las casillas anuladas que se establecieron en la sentencia identificada como JIN-021/2018 y acumulados, la integración del Ayuntamiento de Juanacatlán no se modificó al realizar nuevamente la asignación de munícipes ordenada por el Tribunal Electoral.
Respecto a la resolución del Juicio de Inconformidad identificado como JIN-013/2018 y acumulado JIN-058/2018, que modificó el Acta de Cómputo Municipal en el municipio de Villa Hidalgo, teniendo como consecuencia el cambio respecto de la planilla ganadora en la elección de munícipes, el Instituto Electoral aprobó modificar el acuerdo IEPC-ACG-313/2018 relativo a la calificación de la elección de munícipes así como la respectiva asignación de regidurías por el principio de representación proporcional y se aprobó expedir la Constancia de Mayoría a la planilla registrada por el partido político Nueva Alianza, planilla encabezada por Pablo Rodríguez Avelar.
MC