¡Sin Ley Seca en Jalisco este 24 y 25 de diciembre! Pero estos son los horarios oficiales para el consumo

Esta víspera de Navidad no se suspende el operativo Salvando Vidas, y además se encuentra reforzado

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Guadalajara /

Las fiestas decembrinas son la oportunidad perfecta para  para brindar, sin embargo el llamado a la moderación debe tomarse en cuenta. En Jalisco hay horarios definidos para la venta de bebidas alcohólicas, aquí te contamos todos los detalles.

Esta víspera de Navidad no se suspende el operativo Salvando Vidas, y además se encuentra reforzado para evitar percances relacionados con el consumo de alcohol en la ciudad.

¿Habrá Ley Seca en Guadalajara esta Navidad?

De momento no hay un anuncio oficial sobre la restricción a la venta de bebidas alcohólicas en Guadalajara, sin embargo te recordamos los horarios estipulados en las normas municipales.

Según el capítulo I del Título Segundo sobre el comercio establecido, la venta y consumo de bebidas alcohólicas no debe iniciar antes de las 12:00 horas ni exceder de las 04:00 horas.

  • Bares y cantinas: De domingo a jueves de 10:00 a 22:00 horas, mientras que los viernes y sábados de 12 del día a 2 de la madrugada.
  • Cabarets y Centros Nocturnos: de domingo a jueves de 20:00 a 24:00 horas, los viernes y sábados de 21:00 a 03:00 horas.
  • Centros botaneros: De domingo a jueves de 10:00 a 22:00 horas, viernes y sábado de 12:00 a 02:0 horas.
  • Discotecas: De domingo a jueves de 20:00 a 24:00 horas, viernes y sábado de 21:00 a 02:00 horas.
  • Salones familiares: De 10:00 a 22:00 horas.

¿Cuál es la multa y sanciones por conducir tras consumir bebidas embriagantes en Jalisco?


En Jalisco, las sanciones por manejar vehículos motorizados bajo el efecto de bebidas alcohólicas pueden ir desde una multa económica, el retiro del vehículo y un arresto de hasta 36 horas, así como la cancelación definitiva de la licencia de conducir, en caso de reincidir.

No todas las multas tiene un costo similar, ya que depende de la cantidad de alcohol detectada. Si una persona conduce un vehículo automotor bajo el influjo del alcohol y se le detecta una cantidad superior de 50 a 80 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre, o de 0.25 a 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, la multa va de los 13 mil 443 a 17 mil 924 pesos.

Al presentar 130 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre, o más de 0.65 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, la sanción es el arresto administrativo de 24 a 36 horas.

El infractor será trasladado al Centro Urbano de Retención por Alcoholimetría (CURVA), en la unidad de la Policía Vial o de Tránsito Municipal, según corresponda y si recibe una sanción, deberá asistir a un curso en materia de sensibilización, concientización y prevención de accidentes viales por causa de la ingesta de alcohol o el influjo de narcóticos.

MC


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