Entra en vigor nuevo reglamento para motociclistas en Nuevo León

El fin es que cumplan con ciertos requisitos para mayor seguridad vial, legalidad, cuestiones mecánicas y técnicas para transitar y más.

El reglamento aplica para motociclistas, mototaxis y transporte no motorizado en la entidad | Archivo
Monterrey, Nuevo León /

A partir de este jueves, el Instituto de Movilidad de Nuevo León y los municipios deberán implementar operativos para hacer que los motociclistas, ya sea particulares o que trabajan para alguna empresa, cumplan con requisitos para mayor seguridad vial, seguridad en general, legalidad y cuestiones mecánicas y técnicas.

En abril se publicaron modificaciones a la Ley de Movilidad Sostenible, de Accesibilidad y Seguridad Vial para el Estado de Nuevo León y este 29 de mayo entra en vigor el reglamento que hace operativa dicha ley.

Te recomendamos...
Más de 600 motocicletas han sido retiradas de la circulación en San Nicolás durante 2025

Este aplica para motociclistas, mototaxis y transporte no motorizado en la entidad.

De acuerdo con la ley, ahora este tipo de transporte deberá cumplir con condiciones de funcionamiento mecánicas y técnicas para poder transitar en la entidad, algunas de estas son:

  • Tener faro en la parte delantera con cambio de luz para diferentes carriles, dos espejos retrovisores laterales, una lámpara indicadora de frenado de luz roja, luces direccionales, intermitentes y un sistema de escape que aumente las emisiones sonoras.

En tanto, para los repartidores de mercancía o productos, deberán utilizar chalecos o chaqueta de material resistente que cuando menos tenga 20 por ciento de material reflejante, o portar vestimenta de material resistente para su seguridad.

También será sancionable el transitar sobre las aceras y áreas reservadas al uso de peatones y ciclistas, realizar maniobras riesgosas, piruetas o zigzaguear, cambios abruptos de carril que pongan en riesgo la integridad física y la de terceros, rebasar vehículos circulando por el espacio que dejen los mismos entre los carriles, y no señalar de forma anticipada que van a efectuar una vuelta.

En cuanto a la legalidad de las unidades, es obligatorio portar la documentación necesaria, como placa, tarjeta de circulación y licencia de conducir.

La ley mandata a las autoridades competentes en el tema de la movilidad en el estado a implementar acciones y cursos de capacitación especializada para los usuarios de motocicletas, con el fin de facilitar las mejores prácticas en la conducción.

Asimismo, se mencionó que las sanciones irían desde las 15 a 20 UMAs.

mrg

  • Sandra González Cortés
  • Periodista con 18 años de experiencia, especializada en seguridad, desastres naturales y política, con un fuerte enfoque en reportes ciudadanos. Amante de la historia, Rayados y Game of Thrones. Te veo en Telediario Nocturno de lunes a viernes a las 19:00 horas.

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.