¿De cuánto es la pensión mínima garantizada? Esto dice el IMSS

El IMSS establece que este monto será dado a los pensionados dentro de su patrón.

IMSS ofrece pensión mínima garantizada| Especial
Ciudad de México /

La jubilación es uno de los momentos más importantes para todos los empleados que han tenído que trabajar por varios años, sin embargo, en muchas ocasiones el salario que perciben no es el apto para tener una buena cantidad de dinero, por lo que te diremos cómo el IMSS resolvió dicha problemática.

Debes saber que esto está garantizado por el Instituto Mexicano de Seguridad Social y que será aplicado a las personas que se hayan jubilado con la Ley del 73, sin embargo, debes asegurarte bien en qué régimen te encuentras.

Para saber bajo qué régimen estás asegurado debes de consultarlo directamente en la subirección que se te asignó así como en los estados de cuenta correspondientes a tu nómina.

¿Qué es la Pensión Mínima Garantizada?

De acuerdo con el IMSS, la pensión mínima garantizada se refiere al monto menor que se recibe por persona jubilada y que equivale a un salario mínimo.

Este dependerá también de la actualización que tenga el salario mínimo.

“Es aquella que el gobierno federal asegura a los pensionados al amparo de la Ley del Seguro Social y su monto mensual será el equivalente a un salario mínimo general de la Ciudad de México. Asimismo, dicho monto será actualizado anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Institutito Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)”.

¿En qué régimen aplica la pensión mínima garantizada?

De acuerdo con lo que establece el IMSS, en su artículo 168 de la Ley del Seguro Social, podrán ser acreedores a la misma las personas que son parte del patrón.

Sin embargo, debes basarte en tu el año en que comenzaste a cotizar en el IMSS para saber si el régimen al que perteneces le toca la pensión mínima garantizada o si estás bajo el artículo 168 de dicha ley que dice los siguiente:

‘La pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada incluyendo las asignaciones familiares y ayudas asistenciales que en su caso correspondan, no podrá ser inferior al 100% del salario mínimo general que rija para la Ciudad de México’.
  • Jessica Piña
  • jessica.pina@milenio.com
  • Septienita de corazón. Editora de Discover Milenio, escribo de todo un mucho. Las audiencias, Google y el algoritmo son mi pan de cada día. La música, el cine y los trends son mi conversación favorita.

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