El fallecimiento de un trabajador que estuvo asegurado bajo el régimen del ISSSTE es una de las maneras en la que la familia puede ser pensionada, por lo que te contaremos cuáles son los requisitos para obtenerla en caso de orfandad.
¿Qué es el ISSSTE?
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado es una organización gubernamental de México que administra parte del cuidado de la salud y seguridad social, ofrece asistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos de trabajo y la muerte.
¿Hay una pensión por orfandad del ISSSTE?
De acuerdo con lo que informó el ISSSTE, es posible que la familia quede asegurada después de su fallecimiento, sin embargo, existen algunos requisitos que deben cumplirse sin excepciones.
¿Cuáles son los requisitos por orfandad?
- Acta de Nacimiento de los hijos(as). Original.
- Clave Única de registro de Población (CURP) de hijos(as)*. Original y Copia.
- Identificación oficial vigente del padre o tutor(a) legal (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional) (en caso de no existir padres, se deberá de promover juicio de tutoría ante juzgado de lo familiar, mismo que debe ser presentado). Original.
- Acta de Defunción del trabajador(a) derechohabiente. Original.
- Identificación oficial vigente de trabajador(a) derechohabiente finado(a) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.
- Último comprobante de pago del (la) trabajador (a).Original y Copia.
Mayores de edad hasta los 25 años:
- Identificación oficial vigente de los hijos(as) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.
- Acta de Nacimiento de hijos(as). Original.
- Clave Única de registro de Población (CURP) de hijos(as)*. Original y Copia.
- Constancia de Estudios de Nivel Medio o Superior con reconocimiento oficial. Original.
- Identificación oficial vigente de dos testigos no familiares, mayores de edad para requisitar acta administrativa de soltería y de trabajo no remunerado (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.
- Acta de Defunción del trabajador(a) derechohabiente. Original.
- Identificación oficial vigente de trabajador(a) derechohabiente finado(a) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.
- Último comprobante de pago del (la) trabajador (a). Original y Copia.
¿Dónde se hace el trámite?
- Acude al área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones adscrita a la Delegación Estatal o Regional más cercana a tu domicilio.
- Solicita tu Pensión por causa de muerte del trabajador.
- Presenta la documentación requerida.
- Al cumplir con los requisitos documentales recibe la Concesión de pensión y espera el pago correspondiente.
Recuerda que una vez cumplidos los requisitos documentales, el otorgamiento de la pensión es inmediato y el primer pago se realiza en 10 días hábiles.