Discuten Ley de Declaración de Ausencia

Se realizó el segundo día de las mesas de trabajo sobre la dictaminación de las leyes en materia de desaparecidos.

Se realizó el segundo día de las mesas de trabajo sobre la dictaminación de las leyes en materia de desaparecidos. (Diana Barajas)
Diana Barajas
Guadalajara /

Las personas en calidad de desaparecidas tienen derecho a la presunción de vida, a que se les reconozca su personalidad jurídica y a que se respeten sus derechos humanos, fueron los argumentos centrales durante el segundo día de la mesa de discusión y análisis de "Desaparición de Personas en el Estado".

"Por supuesto que las familias dicen ‘no quiero presunción de muerte porque se encuentra mi familiar desaparecido’, ese es el motivo de esta regulación, que pueda generarse la presunción de vida, es decir, una persona está ausente porque está desaparecida", dijo María Edith López Hernández, representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH).

La Ley de Declaración Especial de Ausencia estipula que se considere a los desaparecidos como personas que aún están vivas.

Contempla que cuando una persona desaparezca, se investigue de oficio la desaparición a pesar de que la familia no interponga una denuncia, queja o reporte, por miedo a represalias.

Para obtener la declaratoria de ausencia sin una denuncia, el juez dará un plazo de 30 0 40 días para que los familiares ratifiquen si la persona está desaparecida e iniciar el procedimiento de declaración especial de ausencia, además, se tendrán que dictar medidas de protección a la familia.

"A fin de que la propia Fiscalía no le diga ‘venga usted a buscar y aportar la información’, porque el motivo por el cual esta persona no denunció es porque tiene miedo, o hay un entorno coercitivo que no le permite denunciar", explicó la representante.

Y para brindar certeza jurídica a los desaparecidos, la declaratoria de ausencia ayudará a los familiares a conseguir la patria protestad de los hijos y la administración de bienes.

"Pero el juez que conozca tiene además la facultad de determinar si se requieren otros efectos: que se detenga el crédito de vivienda, que se garantice la seguridad social, hay muchos efectos".

La Declaración Especial de Ausencia es una de las tres leyes que podrían ser aprobadas por el Congreso en febrero.

MC

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