Amparos contra Ley Antitabaco pueden presentarse de manera individual o colectiva

Especialista de la UdeG señaló que también se prevé que los consumidores de tabaco puedan promover amparos al argumentar la vulneración a sus derechos y libertades.

Ley antitabaco: pequeños comerciantes promoverán amparos
Dalia Rojas
Guadalajara /

La nueva Ley General para el Control del Tabaco, que entró en vigor este 15 de enero y prohíbe el consumo de cigarrillos en espacios públicos o de alta concentración de personas, podría ser echada bajo debido a la promoción de amparos por las posibles afectaciones económicas que tendrán las nuevas disposiciones para los empresarios.

El profesor investigador de la Universidad de Guadalajara, Francisco Jiménez Reynoso, explicó que los recursos podrían ser presentados de manera individual o colectiva.

“Que se conceda la admisión del amparo, que se admita, y al momento de admitir puede dictarse una suspensión, esta suspensión puede ser provisional o definitiva. Si es provisional, el juez puede determinar que las cosas queden en el estado que guardan hasta que no se resuelva el fondo del asunto. La otra es que se conceda una suspensión definitiva, que se les dé la razón a los empresarios o promovientes del amparo”, explicó.

Señaló que también se prevé que los consumidores de tabaco puedan promover amparos al argumentar la vulneración a sus derechos y libertades.

Por otro lado, el especialista indicó que la nueva ley tiene vacíos, pues no contempla ninguna disposición respecto al uso de vapeadores y otras drogas.

Hay algunas cuestiones que también deben de considerarse con el consumo del tabaco y sustancias similares, por ejemplo el tema de los vapeadores cómo quedaría o hay laguna, el tema de la mariguana, este tipo de droga consideradas o llamadas como blandas”, señaló.

La reforma a la ley prohíbe el consumo de cigarrillos en espacios al aire libre donde se vendan alimentos o bebidas, como restaurantes y bares, así como espacios públicos como parques, áreas de juego, playas y estadios, además restringe la exhibición de cajetillas de cigarros en mostradores de tiendas, así como la publicidad de productos elaborados con tabaco en medios de comunicación.

Establece multas desde 60 mil y hasta de medio millón de pesos, así como la clausura por permitir a los clientes fumar en sus instalaciones y la cancelación de la licencia sanitaria. La Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) vigilará el cumplimiento de la norma.

Sanciones previstas en la nueva Ley General para el Control del Tabaco

  • Multas desde 60 mil y hasta de medio millón de pesos
  • Clausura por permitir a los clientes fumar en sus instalaciones, e incluso
  • Cancelación de la licencia sanitaria.

MC


LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.