Milenio logo

Megapuente: ¿Qué debes hacer si NO te pagan extra por trabajar el 17 de Marzo?

Si trabajas en día feriado tendrás derecho a recibir un pago extra. Aquí te contamos

Claudia Flores
Ciudad de México /

Como cada año, miles de personas podrán disfrutar de varios días feriados, es decir, descansos obligatorios que están avalados por la Ley Federal del Trabajo (LFT), pero, ¿qué hacer si no te pagan un día feriado? En MILENIO te contamos más.

De acuerdo con la LFT, el próximo día inhábil para decenas de personas será el lunes 17 de marzo, debido a la conmemoración del natalicio de Benito Juárez, siendo esta fecha obligatoria para descansar.


Cuáles son los bancos del país que no abrirán el 17 de marzo | Especial
Cuáles son los bancos del país que no abrirán el 17 de marzo | Especial

¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 17 de marzo?

En caso de que te pidan trabajar, tendrás derecho a un pago triple, es decir, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, tendrán que recibir un salario doble por el servicio prestado.

¿Qué hacer si no me pagan un día feriado?

De acuerdo con la información, si te solicitan trabajar en un día no laborable y no te lo pagan, entonces tendrás que acudir a la Procuraduría Federal de los Trabajadores (Profedet), donde podrás recibir ayuda gratuita.

Los trabajadores deberán recibir un pago triple si trabajan en días feriados. l Milenio Archivo

Es decir, los colaboradores de esta institución especializada en apoyar a los empleados del país, podrán brindar asesoría jurídica y orientación para ayudar en el caso que estés presentando.

Si eres víctima de este tipo de prácticas, entonces podrás levantar tu denuncia a través del correo: quejasdelservicio@stps.gob.mx.

También tendrán la opción de llamar a los números: 55 59 98 20 00 ext. 44750 y 44917.

Los empleados tienen más de 4 días inhábiles en el año /Especial

¿Qué pasa si el día festivo cae en domingo?

En caso de que el día feriado sea en domingo, entonces el trabajador deberá recibir el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.

Hay que recordar que la LFT también tiene otros descansos obligatorios durante el año.

¿Cuáles son los descansos obligatorios que restan del 2025?

  • 17 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
  • El 1 de mayo (Día del Trabajo)
  • El 16 de septiembre (Día de la Independencia)
  • El 17 de noviembre (Revolución Mexicana)
  • El 25 de diciembre (Navidad)

Sin embargo, también se contemplan otros días inhábiles, tales como: el 1o. de octubre de cada seis años, ya que corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

Así como el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.


LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.