El Sistema de Transporte Colectivo Metro señaló que las actividades como el intercambio de bienes o entregas de productos no están prohibidos dentro de las instalaciones, siempre y cuando, no represente una actividad ilícita o propicie el ambulantaje.
A través de un comunicado, el organismo agregó que tampoco son motivo de aseguramiento o remisión, en tanto no se ponga en riesgo la seguridad de las personas usuarias, las instalaciones o el servicio y permitan el libre tránsito.
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“Al detectar a personas ejerciendo actividades como el intercambio de bienes y/o entregas de productos u otras que no signifiquen una falta administrativa, actuará con todo comedimiento y los invitará a retirarse de las instalaciones, caso contrario, procederá conforme a derecho corresponda”, así lo estipulan los protocolos de los elementos policiales de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), adscritos a la Red del Metro, así como de personal de Vigilancia de Seguridad Institucional del STC.
Tras haber realizado el intercambio o entrega de mercancías, los elementos de seguridad del Metro podrán hacer apercibimientos a los usuarios a retirarse de la estación, por lo que se exhorta a cumplir con la indicación sin caer en agresiones físicas o verbales hacia los servidores públicos.
Por la contingencia por el coronavirus exhorta a la ciudadanía a permanecer el menor tiempo posible en las instalaciones durante las entregas e intercambios; así como adoptar las medidas de protección como uso correcto de cubrebocas y caretas.
EB