Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), rechazó suspender los efectos del Decreto que creó el Fondo de Pensiones del Bienestar.
La ministra negó conceder una suspensión a los diputados federales que presentaron la acción de inconstitucionalidad, con la cual buscan echar abajo el Decreto.
Los legisladores federales alegaron que la entrada en vigor del decreto evitará que las personas derechohabientes accedan a sus recursos que se encuentran en cuentas de Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) inactivas.
La ministra apuntó que el Decreto contempla diversas reformas que tuvieron como propósito crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar, y de otorgarse la suspensión se afectarían instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano.
Hace unos días, Loretta Ortiz admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad, con la que los diputados buscan evitar que el gobierno federal se quede con 40 mil millones de pesos que se encuentran en cuentas de Afores inactivas.
En abril de este año se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto a través del cual se oficializó la creación del Fondo de Pensiones del Bienestar, el cual entró en vigor el 1 de mayo.
En este se ordena a las Afores y a las instituciones que realicen funciones similares, transferir los recursos de las subcuentas de los trabajadores que cumplan 70 años y que nos las reclamen, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, acción que deberán llevar a cabo sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso el mismo día en que se realice.
Asimismo, establece que el Fondo de Pensiones para el Bienestar brindará a los institutos de seguridad social los recursos necesarios para procurar que los trabajadores que alcancen los 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16 mil 777 pesos con 68 centavos, que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el Instituto Mexicano del Seguro Social, reciban un complemento.
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