En el ir y venir cotidiano, encontrar un lugar de estacionamiento puede convertirse en una tarea desafiante. Las calles llenas, los espacios limitados y la prisa constante pueden llevar a tomar decisiones apresuradas, como estacionar en lugares reservados para personas con discapacidad.
Sin embargo, antes de caer en esta tentación, es crucial comprender las repercusiones que esto conlleva, las cuales seguro afectaran tu bolsillo.
Los espacios destinados a personas con discapacidad no son simplemente una comodidad adicional; son una necesidad vital para aquellos que enfrentan dificultades de movilidad.
El Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis) destaca que estos lugares están diseñados para reducir la necesidad de recorrer grandes distancias, facilitando así la accesibilidad a establecimientos y servicios públicos.
Uno de los aspectos clave de estos espacios es su amplitud, que permite la colocación de dispositivos de asistencia, como sillas de ruedas o andadores, de manera segura y cómoda. Además, su ubicación estratégica cerca de entradas principales o elevadores facilita aún más la movilidad de las personas con discapacidad.
A pesar de su importancia y necesidad, muchos conductores ignoran estas consideraciones y optan por estacionarse en estos espacios reservados.
¿A cuánto asciende la multa por ocupar un cajón de discapacitado en Hidalgo?
En Hidalgo, la legislación es clara en cuanto a las consecuencias de esta acción. La Ley de Tránsito y Seguridad Vial establece multas que van de once a veinte veces de salario mínimo para el estado de Hidalgo.
Esto, se traduce en pagos desde 1194.27 hasta los 2171.4 pesos, por ocupar un lugar destinado a personas con discapacidad.
¿En qué otros sitios está prohibido estacionarse?
Además de las sanciones por estacionarse en lugares para discapacitados, la legislación de tránsito en Hidalgo también prohíbe estacionarse en otras áreas específicas.
Según el artículo 22 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, está prohibido estacionarse sobre banquetas, isletas, camellones, intersecciones, áreas peatonales o zonas exclusivas para peatones.
Las multas por estas violaciones varían entre 5 y 10 veces el salario mínimo vigente en la entidad, es decir que por infringir estas normas podrás pagar desde 542.85 hasta los 1085.7 pesos, además de posibles trabajos comunitarios o arresto de hasta 36 horas.