NL podrá asegurar bienes de morosos

La reforma al Código Fiscal incluida en el plan de Presupuesto 2022 dará dientes a la Secretaría de Finanzas

Para lograr los cambios se deben modificar artículos como el 42, el 79 y el 102. Archivo
Luis García
Monterrey /

Las reformas al Código Fiscal planteadas en el Presupuesto 2022 le darán dientes a la Secretaría de Finanzas para actuar en contra de los incumplidos, al crear la figura del aseguramiento precautorio de bienes, endureciendo las penas por infracciones relacionadas con el Registro Estatal de Contribuyentes y elevando a delito de defraudación fiscal el cambiar de domicilio sin notificar a la autoridad.

En el primer caso, la modificación será al punto 3 del Artículo 42, que permitirá practicar el aseguramiento precautorio de bienes o de la negociación de los contribuyentes cuando se opongan u obstaculicen el ejercicio de las autoridades fiscales.

Se crea además el Artículo 42 bis que establece que esta figura entrará a escena cuando se agoten las medidas de apremio, a menos que el contribuyente no sea localizado en el domicilio, o se realice alguna diligencia en locales, puestos fijos y semifijos de la vía pública que no estén inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes.

El aseguramiento precautorio se sujetará al siguiente orden: depósitos bancarios, componentes de ahorro, cuentas por cobrar, acciones, bonos, dinero y metales preciosos, bienes inmuebles, bienes muebles, la negociación del contribuyente, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, patentes, obras artísticas, colecciones científicas, joyas, medallas, armas, antigüedades, entre otras.

Por otra parte, una modificación al Artículo 79 del Código Fiscal tipifica como infracciones relacionadas al Registro Estatal de Contribuyentes el no citar la clave de registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad.

Las sanciones por estos hechos y otros ya existentes se elevan, y si alguien no habilita su buzón tributario o se niega a actualizar los medios de contacto, la multa se eleva de 34 a 103 cuotas.

Para desincentivar las operaciones con recursos de procedencia ilícita se establece en el Artículo 102 un párrafo final que presume el delito de defraudación fiscal cuando existan ingresos de transacciones de esta naturaleza.


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