Nuevo León crea Norma Emergente para proteger a osos de ingerir basura nociva

La Secretaría de Medio Ambiente estatal busca reducir la posibilidad de que los mamíferos bajen a las zonas habitadas.

La normativa establece que los basureros en las viviendas tengan tapa que no pueda ser abierta por animales | Especial
Eduardo Mendieta Sánchez
Monterrey, Nuevo León /

Para proteger a los osos, Nuevo León creó una norma para el manejo de los residuos en viviendas y negocios, que evitará tener expuestos los contenedores de basura y así los mamíferos no puedan ingerir objetos como plásticos que puedan enfermarlos o matarlos.

La Norma Ambiental Estatal Emergente NAE-SMA-009- 2023, para la Gestión de Residuos en Zonas Forestales y de Interfaz con Zonas Urbanas para la Protección de la Vida Silvestre en el Estado de Nuevo León, genera lineamientos para el almacenamiento de la basura en las viviendas cercanas al hábitat de los osos y definió las zonas donde deben aplicarse estas medidas.

Además, con estas medidas, la Secretaría de Medio Ambiente estatal busca reducir las posibilidades de que los osos bajen a las zonas habitadas al no tener a su alcance el contenido de los botes de basura.

“Estudios han demostrado que se ha establecido una población residente en las inmediaciones de la mancha urbana, sobre todo en el sur del Área Metropolitana de Monterrey.
“Al identificar la disponibilidad de alimento proveniente de los residuos, las hembras de oso negro tienen sus crías en la cercanía de esta fuente artificial de alimento”, explica la norma en su exposición de motivos.

Para evitarlo, la normativa establece que en las viviendas, catalogadas como generadoras de hasta 27.4 kilos diarios promedio de residuos, deberán colocarlos en recipientes con tapa que no puedan ser abiertos por los osos u otros animales.

En caso de no contar con contenedores que impidan el acceso a la vida silvestre”, agrega la norma, “los residuos sólidos urbanos deberán permanecer dentro en el interior de las viviendas, condominios, restaurantes y demás establecimientos, comercios o inmuebles fuera del alcance de la fauna silvestre”.

Estos solo pueden ser colocados en la banqueta los días designados por la autoridad municipal o su servicio de recolección de basura privada, de las 06:00 a las 19:00 horas.

mrg

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