Pablo Lemus reiteró que durante su gestión como próximo gobernador de Jalisco, destinará recursos exclusivos para los grandes eventos culturales de la Universidad de Guadalajara.
Durante la inauguración de la FIL 2024, el gobernador electo Pablo Lemus aseguró que durante los seis años de administración que le corresponden asistirá a dicho evento pues piensa restaurar la relación con la máxima casa de estudios de occidente y el gobierno estatal luego de que se reunió con el rector general Ricardo Villanueva y su sucesora Karla Planter, donde reafirmó además que destinará recursos propios para la realización de las siguientes ediciones de la Feria Internacional del Libro, Papirolas y el Festival de Cine Guadalajara.
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“Es un apoyo directo del gobierno del estado de Jalisco, a estos tres grandes eventos adicional al presupuesto constitucional. Yo estoy seguro que él si los diputados así lo van a aprobar porque la FIL es de todos y todos debemos de apoyar, entonces sí, pueden contar con ese apoyo”, dijo Pablo Lemus Navarro, gobernador electo de Jalisco.
¿Cuándo asume Pablo Lemus el cargo como gobernador de Jalisco?
De acuerdo con el calendario electoral, Pablo Lemus deberá asumir la gubernatura de Jalisco el próximo 6 de diciembre.
¿Cómo es el proceso de conformación del nuevo gobierno?
De acuerdo a la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal de Jalisco, en su artículo 14 señala el Presidente Municipal saliente debe convocar a los integrantes electos del ayuntamiento, para que se presenten el día 30 de septiembre del año de la elección a la hora que se señale en la convocatoria, y les debe tomar protesta de ley.
“Si el Presidente Municipal saliente no cumple con esa obligación, el Presidente Municipal entrante debe rendir la protesta de ley ante el resto de los integrantes electos del Ayuntamiento y a continuación, el propio Presidente debe tomar dicha protesta a los demás miembros del Ayuntamiento”
El Ayuntamiento debe iniciar sus funciones al día siguiente de que les fue tomada la protesta a sus integrantes.
El artículo 16 también señala que los responsables de las dependencias municipales deben proporcionar al nuevo titular lo siguiente:
- Lista del personal asignado
- Inventario de los bienes a su cargo
- Obras en proceso de realización
- Relación de asuntos en trámite
- Dinero, títulos, archivos, libros, documentos que conciernan a la institución y todo aquello que por cualquier concepto corresponda al patrimonio municipal.
JMH