Pensión del Bienestar: ¿Puedo tramitar el apoyo si soy pensionado del IMSS o ISSSTE?

La Secretaría del Bienestar responde a una de las dudas más comunes sobre quiénes pueden recibir la Pensión del Bienestar.

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Ciudad de México /

El Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es una de las insignias más destacables de la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), al ser una ayuda económica de 3 mil 850 pesos que se otorga cada bimestre con las Tarjetas del Banco del Bienestar.

Esta ayuda económica está destinada a todos los adultos mayores de 65 años de edad. Por lo tanto, sí estás próximo a cumplir esta edad, puedes solicitar la Pensión del Bienestar.

Sin embargo, varias personas tienen la duda sobre si pueden solicitar dicha ayuda económica si ya reciben una pensión del IMSS o ISSSTE. A continuación respondemos esa duda:

¿Los pensionados del IMSS o ISSSTE pueden solicitar la Pensión del Bienestar?

La respuesta es sí, de acuerdo con la Secretaría del Bienestar a cargo de Ariadna Montiel, por mandato presidencial, la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es otorgada de manera universal, sin importar si reciben algún otro ingreso.

Esto quiere decir que los adultos mayores que reciben pensión del IMSS o ISSSTE también pueden solicitarla.

Siendo uno de los cambios más notorios, debido a que en administraciones pasadas no era posible solicitar la pensión de adultos mayores, si ya recibían ingresos por pensiones del IMSS, ISSSTE u otros organismos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la Pensión del Bienestar?

Las personas elegibles para solicitar la Pensión del Bienestar deberán ser adultos mayores de 65 años y cumplir con la siguiente documentación:

  • Acta de nacimiento legible
  • CURP
  • Identificación oficial vigente (INE, credencial del Inapam, pasaporte, cartilla, etc)
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses
  • Teléfono de contacto

La etapa de registro será del 01 al 15 de agosto de 2022. La Secretaría del Bienestar informó que el registro sería por apellido:


  • Lunes 1, 8 y 15 de agosto: A, B y C
  • Martes 2 y 9 de agosto: D, E, F, G y H
  • Miércoles 3 y 10 de agosto: I, J, K, L y M
  • Jueves 4 y 11 de agosto: N, Ñ, O, P, Q y R
  • Viernes 5 y 12 de agosto: S, T, U, V, W, X, Y, Z
  • Sábado 6 y 13 de agosto: Todas las letras
  • Domingo 7 y 14 de agosto: Todas las letras

Todas las personas que se registren en este periodo, recibirán su tarjeta el próximo mes entre el 01 al 15 de septiembre del 2002, según la información brindada por la Secretaría del Bienestar.


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