Una de las noticias que más impactaron durante este 2024 fue el incremento del salario mínimo para todos los pobladores, lo que significa que la pensión del IMSS también tendrá un aumento.
Debes saber que este aumento entró en vigor a partir del primero de enero de este 2024, lo que significa que podría verse reflejado desde la primera quincena que te paguen.
Recuerda que de acuerdo con las normas de operación de la pensión del IMSS, los pagos se realizan de manera ordinaria y hay algunas excepciones como los días festivos que el pago cae en diferente fecha.
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¿Cómo se puede calcular el salario mínimo en aumento?
Si lo que quieres saber es cómo puedes calcular el salario mínimo y cómo aumentara en tu pensión del IMSS, no te preocupes que hay una herramienta del Gobierno Federal que te mostrará el nuevo monto aproximado.
Es a través de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), las autoridades habilitaron esta herramienta que busca orientar a los usuarios a calcular cuánto reciben de pensión de acuerdo a su institución de seguridad social.
Esto con la intención de que se conozca cuál es el incremento que tendrán las pensiones después de que entré en vigor el nuevo salario mínimo.
Se trata de un simulador en el que puedes ingresar los datos correspondientes a tu salario para saber como quedaría con el aumento del costo.
Para conocerlo, primero debes saber cuál es tu salario base, así como cuánto tienes en tu afore, además de que necesitas saber que el incremeto es del 20%.
Es decir, de tu salario base, deberás aumentar el 20 por ciento y después realizar el cálculo de acuerdo con estas aproximaciones, lo que podría mostrar el siguiente monto que recibas.
¿La pensión del IMSS aumenta con el salario mínimo?
De acuerdo con la Ley del Seguro Social, solo algunas de las personas verán este incremento en su pensiones, lo que podría dejar fuera a algunos beneficiarios.
Estas son aquellas pensionadas por incapacidad permanente, así como quienes están inscritas en la ley del 73 con la modalidad 40 y los jubilados con la pensión mínima garantizada.
"Artículo 75. La cuantía de las pensiones por incapacidad permanente no podrá ser inferior al salario mínimo y se revisarán cada vez que se modifique éste, incrementándose en el mismo porcentaje que corresponda al salario mínimo general de la Ciudad de México".