Piden no realizar fichas de búsqueda improvisadas para prevenir extorsiones en Hidalgo

El comisionado de Búsqueda de Personas de Hidalgo pidió a los familiares de desaparecidos no difundir fichas no oficiales con información personal en redes sociales.

Autoridades de Hidalgo alertan sobre el uso indebido de números telefónicos en fichas de búsqueda no oficiales
Alejandro Reyes
Pachuca /

El comisionado de Búsqueda de Personas del Estado de Hidalgo, José Francisco García Reyes, llamó a las personas que tienen familiares desaparecidos a no subir a sus redes sociales fichas de búsqueda improvisadas en donde publiquen sus números telefónicos pues advirtió que pueden ser utilizados para extorsionarlos, debido a que dijo, ya se han presentado algunos casos.


Ante ello, pidió a las personas reportar la desaparición de su familiar a la Comisión de Búsqueda de Personas o iniciar una denuncia ante la Fiscalía de Delitos de Desaparición de Personas de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH).

“Hay gente que tiene un familiar que de momento se extravía, tiene algún problema, y lo sube a redes sociales y difunde una ficha improvisada en donde colocan su número telefónico y eso genera temas de extorsión”, sostuvo.

Mencionó que ya se han presentado casos en los que al dar a conocer su número telefónico las personas son víctimas de extorsión, aunque no precisó cuántos casos se han tenido.

“La gente que tenga un tema de algún extravío, de algún chico que se haya ido o de cualquier familiar, primero que nada que se acerque a la Comisión de Búsqueda de Personas, al Ministerio Público, para denunciar y reportar esto”, dijo.

Subrayó que así la información que se difunda será a través de ambas instancias y los números que se den a conocer sean los de la misma Comisión o los de la Fiscalía y así evitar situaciones de extorsión, “porque les pueden hablar, los engañan, los timan”.

Cómo se denuncia una desaparición en Hidalgo

Para la denuncia y reporte de personas desaparecidas y no localizadas Hidalgo cuenta con la Fiscalía de Delitos de Desaparición de Personas y la Comisión de Búsqueda de Personas.

Así la ley, aprobada el 19 de julio de 2021 por los diputados locales, precisa que cualquier persona puede solicitar la búsqueda de una persona desaparecida mediante: 

  • Noticia
  • Reporte 
  • Denuncia

La noticia, el reporte o la denuncia pueden realizarse de forma anónima, tratándose de denuncia no será necesaria su ratificación. La búsqueda y la investigación se llevarán a cabo sin dilación.

El reporte puede realizarse las 24 horas del día, todos los días del año, mediante cualquiera de los medios siguientes: telefónico, a través del número único estatal habilitado para tal efecto; medios digitales; y presencial, ante la Comisión de Búsqueda de Personas, la Fiscalía Especializada o cualquier Agencia del Ministerio Público.

Cuando la distancia o los medios de comunicación no permitan realizar el reporte en los términos anteriores, este puede realizarse ante la policía o la autoridad municipal que el Ayuntamiento de que se trate designe para tal efecto y que cuente con la capacitación para aplicar el protocolo de búsqueda correspondiente, la cual dará aviso de inmediato a la Comisión de Búsqueda de Personas y a la Fiscalía Especializada, remitiéndole las actuaciones respectivas.


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