Para erradicar los matrimonios infantiles en México, la diputada federal panista por Guanajuato, Michelle Márquez presentó una iniciativa de reforma a la ley para tipificar esta práctica como un delito e imponer sanciones de hasta 15 años de prisión para quien lo cometa o lo propicie.
Si bien en Guanajuato está práctica ha quedado prohibida desde hace varios años, e incluso las oficialías del registro civil no pueden realizar uniones matrimoniales de menores de edad aún y con consentimiento de los padres, existen entidades como Oaxaca y Chiapas dónde prevalecen estos usos y costumbres
"México ocupa el lugar 8 entre los 20 países con mayor número de matrimonios infantiles, las cifras arrojadas por INEGI en 2020 registraron 28 mil matrimonios, donde la mujer tenía menos de 19 años y 6 de cada mil niñas de 12 a 14 años, no todas ellas con un contrato formal. Hubo un incremento del matrimonio infantil durante 2020 con respecto a 2010", señaló.
Se trata de dos reformas a la Ley general de los derechos de niñas niños y adolescentes, en su artículo 45 agregando dos párrafos: el primero que establece la coordinación de los tres órdenes de gobierno para medidas integrales para la protección de los menores ante estas prácticas y el segundo para implementar medidas afirmativas en los casos de menores que vivan en comunidades indígenas, sean afrodescendientes o presenten alguna discapacidad, también se tipifica el delito y se establece la sanción correspondiente.
"Es en el capítulo noveno que estamos agregando y lo estamos denominado ´cohabitación forzada de personas menores de 18 años de edad´, también estamos considerando otros dos tipos de personas qué son aquellas que no tienen la capacidad para entender este concepto de cohabitación forzada y aquellas que no tienen la capacidad para resistir este tipo de hecho", dijo.
Se considerará que el delito es cometido por aquellas personas que induzcan, coaccionen u obliguen, soliciten o gestionen la unión de los menores con o sin su consentimiento con alguien que sea de su misma condición o mayor de edad para convivir en una forma equiparable y constante a la de un matrimonio. Las penas irían de 8 a 15 años de prisión y de mil a 2 mil 500 días de multa; si las víctimas pertenecen a una comunidad indígena está pena se incrementaría hasta por al doble.-
AIIL