Proponen que en Guanajuato padres elijan orden de los apellidos de sus hijos

CONGRESO

La diputada Rosales Cruz señaló que el código civil sigue una fórmula tradicional que significa una práctica discriminatoria.

Registro Civil.(Milenio Digital)
Guanajuato /

En el Congreso de Guanajuato se presentó una iniciativa para establecer que el orden de los apellidos de los hijos se elegido en común acuerdo por los padres.

Fue la diputada María Magdalena Rosales Cruz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), realizó la propuesta de reforma al Código Civil, destacando como urgente la norma en cuestión, pues señaló se trata de una disposición inconstitucional ya que impone la forma en que debe estar constituido el nombre, siguiendo una fórmula tradicional que significa una práctica discriminatoria, y que no atiende lo establecido en los artículos 5 y 16 de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación en la contra de la Mujer.


La legisladora consideró que la redacción actual del artículo obstaculiza que el ciudadano pueda elegir libremente, pues el Estado está imponiendo de forma injustificada que debe imperar el apellido del padre sobre el de la madre, por lo que el Estado al obligar a que subsista un apellido en específico se encuentra invadiendo el derecho de los padres de establecer el orden de sus apellidos conforme al vínculo familiar existente y el sentido de pertenencia con el que se desarrollan.

“Dicha acción que, de acuerdo con la exposición de motivos que le dio origen, descansa en ideas de tradición y practicidad, se configura incluso como una norma que ocasiona una discriminación por no existir una razón por la que no solo se prefiera, sino se imponga al gobernado el orden de los apellidos que deberá tener el menor, generando así un efecto discriminatorio provocado por la norma y cuya afectación trasciende en el tiempo por la importancia del nombre en la sociedad”, comentó.

Refirió que este tipo de acciones que injustificada y discriminatoriamente dan mayor prevalencia al apellido paterno sobre el materno, refuerzan roles y estereotipos de género que prevalecen en nuestra sociedad y que impiden el pleno goce y ejercicio de los derechos de las mujeres.

“Es evidente que dicho precepto atenta contra los derechos de vida privada y familiar en cuanto a la libre elección del nombre de los hijos, el de identidad y el de igualdad y no discriminación porque no existe justificación constitucional para que continúe condicionando a los padres en la elección del orden de los apellidos de sus hijos para el debido registro de su nacimiento”, acentuó.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.

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