¿Cuáles son los puentes y días feriados para los alumnos en 2023? A pocos días de iniciar el año, puedes adelantarte y comenzar a planear las siguientes vacaciones; por ello, te decimos cuáles son los próximos días de descanso para los estudiantes.
De acuerdo al calendario 2022-2023 de la Secretaría de Educación Pública (SEP) señala que para educación básica se tendrán cinco días festivos y puentes durante el resto del ciclo escolar; aquí te decimos cuándo.
Asimismo, el personal administrativo, educativo, y trabajadores de todos los niveles de instituciones privadas, públicas o autónomas tendrán la oportunidad de gozar de un receso amplio el próximo año como contempla el artículo 74 de la ley Federal del Trabajo.
¿Cuáles son los puentes en 2023?
- Lunes 6 de febrero por la promulgación de la Constitución de 1917, aunque el día exacto es el 5 de feberero, se recorrerá al lunes.
- Lunes 20 de marzo por el Natalicio de Benito Juárez. La fecha exacta es el 21 de marzo, pero se pasará al lunes.
- Jueves 6 y viernes 7 de abril Semana Santa. El calendario de la SEP indica que este es el segundo periodo de vacaciones de los alumnos de nivel básico, mientras que algunos trabajadores pueden disfrutar el puente del jueves y viernes santo.
- Lunes 1 de mayo. Día del Trabajo.
- Viernes 5 de mayo por la conmemoración de la Batalla de Puebla.
- Sábado 16 de septiembre, aunque cae en sábado, algunas dependencias lo consideran el 15 de septiembre como festivo.
- Jueves 2 de noviembre se debe al día de Muertos.
- Lunes 20 de noviembre. Día festivo oficial por la conmemoración de la Revolución Mexicana.
- Lunes 25 de diciembre, descanso por Navidad; siendo el último del año.
¿Qué pasas si me toca trabajar en día de descanso?
En caso de que el patrón solicite a los trabajadores prestar servicio, deberán entre ambas partes llegar a un acuerdo. En caso de no lograrlo, será la Junta de Conciliación Permanente o el la de Conciliación y Arbitraje quienes determinen el número de trabajadores a prestar servicio.
Los empleados que laboren tienen derecho a que se les pague un salario doble por el servicio prestado, independiente al que corresponde por el salario de descanso obligatorio.
LG