¿Usas bicis y scooters para trasladarte en CdMx? Éstas son las reglas

Aquí te decimos dónde está permitido estacionar las unidades y qué obligaciones tienen las empresas.

Los usuarios podrán estacionar los scooters en aceras que midan más de dos metros de ancho. | Cuartoscuro
Cinthya Stettin
Ciudad de México /

Tras 45 días de supervisar la prueba piloto de bicicletas y monopatines sin anclaje, la Secretaría de Movilidad (Semovi) publicó los lineamientos finales para los sistemas de transporte individual sustentable (SiTIS).

En la Gaceta Oficial, el titular de Semovi, Andrés Lajous, indicó que a partir del 15 de abril el límite de unidades será de mil 483 bicicletas y 856 monopatines, es decir, aumentaron 300 unidades con respecto al límite de la prueba piloto.

Aquí te decimos qué reglas deben seguir los usuarios y las empresas para operar en la capital.

Las unidades no podrán estacionar en:

  • Franjas y accesos peatonales.
  • Entradas a predios.
  • Paradas y estaciones de transporte público masivo o semimasivo.
  • Salidas de emergencia e hidrantes.
  • Zonas de concentración o delimitadas por protocolos de protección civil.
  • Carriles de circulación vehicular.
  • Lugares de estacionamiento para personas con discapacidad.
  • Áreas de carga y descarga.
  • Rampas de acceso vehicular a predios.
  • Infraestructura para la movilidad y mobiliario urbano.
  • Cicloestaciones de Ecobici y dispositivos de control de tránsito.
  • Cajones Ecoparq y de motocicletas.

¿Se puede estacionar sobre las aceras?

Los usuarios podrán estacionar en aceras sólo cuando no haya áreas exclusivas para bicicletas y monopatines en un radio de 140 metros y  la banqueta mida más de dos metros con ochenta centímetros de ancho.

​En aceras las unidades se estacionarán en la franja de mobiliario urbano y arbolado, garantizando el paso peatonal, dejando un espacio mínimo de un metro sesenta centímetros.

¿Qué pasa si las unidades obstruyen el paso?

Las unidades sin anclaje deberán ser reubicadas en un plazo no mayor a dos horas, en caso de obstruir el paso peatonal o fuera del área de estacionamiento.

De estar estacionadas fuera del área de operación, el operador tendrá ocho horas para reubicar las unidades, siempre y cuando, éstas no cuenten con reporte de robo.

¿Cuál es el horario de operación?

Las empresas operarán de las 5:00 a 00:30 horas y tienen prohibido el uso de tarifas dinámicas (aumento del costo del servicio basado en la oferta y demanda del mismo).

Además, no se les permitirá el cobro de viajes menores a tres minutos, si el usuario reportó una falla en la unidad.

¿Cómo deben estar equipadas las unidades?

  • Las unidades deberán limitarse a una velocidad de 25 kilómetros por hora
  • Deberán tener un dispositivo GPS 
  • Luz trasera roja y luces delanteras.
  • Sistema de frenado mecánico.
  • Número económico de identificación.
  • Dispositivo acústico de advertencia (timbre o campana)
  • Pedales con reflejante ámbar en la parte delantera y trasera
  • Frenos manuales izquierdo – delantero, derecho – trasero
  • Canastilla, con liga en caso de estar abierta por los laterales.

¿Tienen seguro contra accidentes?

Tendrá una póliza de seguro para responder por los daños ocasionados a usuarios y terceros, con motivo de la prestación del servicio, además de contemplar muerte accidental, pérdidas orgánicas, reembolso de gastos  médicos, gastos funerarios y responsabilidad civil.

La cobertura será de mil quinientas veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.

¿Cómo debe dar mantenimiento a las unidades las empresas?

El mantenimiento preventivo menor se deberá realizar mínimo una vez cada dos meses y el mantenimiento preventivo mayor por lo menos dos veces al año.

En caso de reemplazar unidades, el operador deberá enviar a la Semovi por medio electrónico el padrón de las unidades nuevas, que serán iguales a las reemplazadas y encontrarse en perfectas condiciones.

¿Cómo informará la empresa a Semovi?

Realizará una encuesta de satisfacción del servicio a los usuarios, con una periodicidad de al menos cada seis meses, y los resultados los deberán compartir con la dependencia.

El operador deberá contar con una bitácora por unidad, que podrá ser requerida por el Instituto de Verificación Administrativa (Invea) y/o la Semovi en cualquier momento para revisar los historiales de mantenimiento.

Y entregarán un informe sobre viajes y tiempo del servicio, entre otros, cada quince días.

​FLC

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