Celebran primera boda igualitaria dentro de un penal en Nuevo León

El bufete de abogados que representa a ambos jóvenes fungió como testigo en la ceremonia.

Jonathan “N”, de 25 años y de Pedro “N” en penal de Apodaca. Foto: Especial
Monterrey, Nuevo León /

En un hecho inédito, dos hombres privados de la libertad  pudieron unirse en matrimonio el pasado miércoles en el interior del Centro de Reinserción Social Norte 1, en el municipio deApodaca.

Fue alrededor de las 10: 40 horas que Jonathan y Pedro se dieron el "sí" en presencia del titular de la Oficialía de Registro Civil Número 2, David Guerrero, y como testigos, el bufete de abogados que representa a ambos jóvenes.

La pareja lleva tres años y cuatro meses formalizando su relación de noviazgo dentro del penal, y hace dos años se comprometieron.

Gracias a la reforma al Código Civil del Estado aprobada en el mes de junio, las personas del mismo sexo pueden contraer matrimonio sin necesidad de solicitar un amparo para ello.

La Agencia de Administración Penitenciaria brindó asesoría y acompañamiento para que la unión matrimonial pudiera llevarse a cabo siguiendo los protocolos y reglamentos impuestos por la Ley y el Centro de Reinserción Social.

¿Qué ley regula el matrimonio igualitario en México?


De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en diciembre de 2009, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal reformó el artículo 146 del Código Civil, estableciendo que el matrimonio será la "unión libre entre dos personas", eliminando el precepto anterior que establecía que éste era entre "un hombre y una mujer".

Hasta antes de esa fecha, y desde 2006, la legislación local reconocía a las parejas del mismo sexo como la "sociedad de convivencia".

¿Qué pueden hacer las parejas si en su estado no está aprobado el matrimonio igualitario?


Pese a que no en todos los estados está permitido el matrimonio entre personas del mismo sexo, es posible solicitar un amparo ante los artículos que lo limitan y realizar el trámite ante un juez federal.

El 12 de junio del 2015, la SCJN emitió la jurisprudencia 43/2015 en la que determinó que el matrimonio igualitario es constitucional, por lo que todos los amparos que se interpongan deberán tener una resolución favorable para la pareja.

Si vives en uno de los estados en los que no está reglamentado el matrimonio igualitario, aquí te decimos qué puedes hacer.

Primero debes ir al Registro Civil a solicitar que tu matrimonio sea aceptado; en caso contrario, tendrás 15 días hábiles para tramitar el juicio con el juez de amparo más cercano.

Deberás presentar el escrito de demanda con firmas originales de puño y letra, la solicitud de matrimonio presentada oficial del Registro Civil y la respuesta; también copia de las credenciales oficiales de la pareja.

Así como una copia simple de la demanda y anexos para cada una de las autoridades que se señalen como autoridades y una para el Ministerio Público Federal.

Te reiteramos que el amparo deberá ser admitido por el juez que conozca el asunto, porque la SCJN declaró inconstitucional que se niegue un matrimonio igualitario en el país.

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