Estos son los requisitos para adoptar mascotas en Nuevo León

Ayer fue publicado en el Periódico Oficial la prohibición de venta de mascotas de criadero, por lo que te explicamos cuáles son los requisitos para la adopción de animales.

Se reformó la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad, en el que se privilegia la atención de centros de control oficiales.
Monterrey, Nuevo León /

Tras ser decretado en el Periódico Oficial la reforma de Ley Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad la prohibición de la venta de mascotas de criadero, se determinó cuáles son los requisitos establecidos para obtener una mascota.

Por lo que te decimos qué es lo que necesitas para adoptar una mascota.

Primeramente, es importante saber que se prohíbe la adopción o comercialización de animales menores de 4 meses.

Para su comercialización, los interesados deben cumplir con artículos 29 y 30 de la citada legislación (deberán proceder los animales de la Secretaría, Centros de Control, albergues, entre otros y fecha de ingreso de las mascotas, así como datos de su procedencia).

Las mascotas convencionales deberán de estar vacunadas, esterilizadas y desparasitadas.

Asimismo, las personas físicas o morales tendrán que contar con registro ante la Secretaría de Medio Ambiente.

Solo se podrá operar con especies que procedan de la Secretaría, Centros de Control Canino y Felino, albergues temporales de asociaciones civiles, organizaciones de protección a los animales y/o rescatistas independientes debidamente registrados ante la Secretaría.

Todos los animales de compañía convencionales vendidos por las personas físicas o morales que realicen actividades de comercialización deberán ser entregados con un certificado de salud, guía informativa en donde se indiquen datos de su procedencia y esterilizado o con una carta de compromiso de esterilización.

Prohíben vender mascotas de criadero en Nuevo León

El Gobierno de Nuevo León publicó ayer el decreto en el Periódico Oficial por el que se reforma la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad, que prohíbe la comercialización de animales de compañía convencionales que provengan de criaderos y en su lugar solo se podrá hacer con los que hayan permanecido en un centro de control canino y felino.

El decreto fue firmado por el gobernador Samuel García Sepúlveda; Javier Navarro Velasco, secretario General de Gobierno, y Félix Arratia Cruz, secretario del Medio Ambiente estatal, el pasado 26 de junio del 2023, aunque fue publicado apenas este 10 de julio.

“Decreto por el que se Reforma el Reglamento de la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León”, establece la publicación y luego detalla las modificaciones realizadas a diferentes fracciones de 19 artículos de la ley y se derogan diversas fracciones de los artículos 12, 34, 111 y 112.

nrm


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