CNDH dirige recomendación por grave contaminación del Río Santiago en Jalisco

El organismo defensor acreditó violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano, al agua y saneamiento, a la salud y al interés superior de la niñez.

Río Santiago en su paso por Juanacatlán (Twitter @Semarnat_mx)
Sandra Rojas
Guadalajara /

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 134/2022 por violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano, al agua y saneamiento, a la salud y al interés superior de la niñezpor la contaminación del Río Santiago en Jalisco. 

La CNDH emitió la recomendación  a las Secretarías del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y de Salud; a las Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), y al gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro, así como a los ayuntamientos de El Salto, Juanacatlán, y Poncitlán, de dicha entidad
por la falta o insuficiente implementación de medidas de prevención, mitigación y restauración de la calidad del agua en el Río Santiago, así como la falta de atención a diversos padecimientos de salud en agravio de los habitantes de las comunidades vecinas.

Por lo cual, pidió a la SEMARNAT encabezar el diseño y ejecución de un convenio marco para la coordinación interinstitucional que asegure, de forma planificada, la cooperación técnica, protección ambiental, restauración y reparación integral de los daños ocasionados por la contaminación del Río Santiago y solicitó a la CONAGUA, PROFEPA, Secretaría de Salud, COFEPRIS, gobierno del estado de Jalisco, y autoridades municipales de El Salto, Juanacatlán y Poncitlán, que participen en el diseño, la ratificación e implementación del convenio y de los planes y programas que de este deriven.

“Dicho convenio sentará las bases para la atención de la problemática con un enfoque integral y de garantía de los derechos humanos, con el fin de buscar soluciones de fondo a las problemáticas de contaminación del río”, señaló.

Además, en el ámbito de sus competencias, las autoridades deberán colaborar con el diseño y ejecución de un plan integral, que incluya la elaboración de un cronograma con la calendarización de actividades, objetivos, metas, los plazos precisos de cumplimiento, indicadores de eficiencia y efectividad, y el procedimiento de coordinación para el reporte de avances y el seguimiento de acciones para la recuperación de la cuenca y el restablecimiento de sus condiciones originales.

La Comisión Nacional pidió a las autoridades recomendadas que establezcan medidas necesarias para hacerle llegar con periodicidad semestral, las evidencias de avances en el cumplimiento de objetivos y metas en su ámbito de responsabilidad, e insta a todas las autoridades, para que hagan uso del máximo de sus recursos posibles para el logro de los objetivos planteados en el Programa Integral.

También recomendó llevar a cabo las gestiones necesarias para solicitudes de ampliación presupuestaria pertinentes y que en los ejercicios fiscales 2023 al 2024, en el marco del Presupuesto de Egresos de la Federación, se asignen recursos que garanticen el cumplimiento del plan integral y de los compromisos institucionales que a cada nivel de autoridad le resultan del convenio suscrito.

Debido a la situación de emergencia ambiental por descargas de aguas residuales sin controles efectivos y sin apego a las normas establecidas, la CNDH urgió a la CONAGUA determinar la procedencia de un Decreto de Zona de Veda, de Zona Reglamentada o de Reserva, para proteger la calidad del agua del río, y en su caso, formule el trámite correspondiente ante al gobernador.

La Recomendación considera que una vez entrada en vigor la Declaratoria de Clasificación del Río Santiago o el Decreto de Zona de Veda, Reglamentada o de Reserva, y tomando en consideración la situación de emergencia, la CONAGUA deberá realizar una evaluación de los permisos de descargas de aguas residuales que se encuentren vigentes, a efecto de informar a los permisionarios sobre el plazo para que sus descargas se ajusten a las condiciones particulares de manera progresiva.

Por su parte, la Recomendación establece medidas que el gobierno de Jalisco, junto con los municipios involucrados deben generar y mantener para garantizar un registro, seguimiento y evaluación de las empresas que descargan sus aguas residuales a las redes de alcantarillado en su jurisdicción, de tal manera que se cuente con información básica e imprescindible para el óptimo funcionamiento de los sistemas de drenaje y saneamiento.

“Las autoridades municipales y estatal deberán priorizar la construcción, adecuación o rehabilitación de los sistemas de alcantarillado, drenaje y saneamiento necesarios, incluyendo tanto a comunidades urbanas como rurales, en la distribución de recursos humanos y financieros para la instalación y puesta en marcha de infraestructura para servicios públicos de saneamiento a nivel municipal y estatal”, señaló.

En cuanto a la Secretaría de Salud, la Comisión Nacional le pidió evaluar alternativas para destinar la mayor cantidad de recursos posibles, que garanticen la debida atención a la salud de la población que resulta afectada por la contaminación ambiental, con énfasis en aquellos padecimientos asociados a enfermedades renales, para todos los grupos de edad, y en especial a los grupos vulnerables con residencia en los municipios de El Salto, Juanacatlán y Poncitlán.

A la PROFEPA le requirió iniciar la Acción Colectiva en contra de los municipios de la entidad que descargan sus aguas residuales en el Río Santiago sin previo tratamiento o con tratamiento inadecuado, y le solicite al juzgado que investigue el grado de responsabilidad económica y jurídica de los daños ocasionados al medio ambiente, así como a la salud de quienes habitan en los alrededores de dicho recurso hídrico. Además, pidió que se imponga la obligación de reparar el daño de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Por último, la CNDH exhortó a cada una de las autoridades que, en ejercicio de sus atribuciones, presenten las denuncias correspondientes a su ámbito, por actos u omisiones cometidas por personas servidoras públicas, que hayan contribuido al daño ambiental por descargas de aguas residuales o incumplimiento a la normatividad aplicable, y por la inadecuada gestión de los residuos sólidos municipales.

SRN

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