En junio de 2012, un particular solicitó un permiso de demolición y licencia de construcción al municipio de San Pedro Garza García cuando Mauricio Fernández Garza cumplía su segundo mandato como alcalde…
Diez años después, los regidores que integran la Comisión de Ordenamiento y Desarrollo Urbano le contestaron apenas este miércoles, obligados por una sentencia emanada de un juicio de nulidad que el particular presentó ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
- Te recomendamos Red Ambiental denuncia falta de pago por parte de El Carmen, NL Comunidad
Durante la sesión virtual de la comisión, que encabeza el regidor Armando Aguilar Valdez, la Secretaría de Ordenamiento y Desarrollo Urbano presentó a los ediles el expediente de solicitud de demolición total de 125 metros cuadrados en la avenida Arcángeles número 1000 del fraccionamiento Los Arcángeles.
Sin embargo, el municipio sampetrino nunca le contestó y lo archivó, por lo que el particular decidió judicializar su caso ante los tribunales.
El proyecto multifamiliar incluía 5 sótanos y un total de 25 niveles, para un total de demolición de 125 metros cuadrados y un área total de construcción nueva de 62 unidades de vivienda, aunque sólo se permitían 41 unidades.
El proyecto cumplía con los cajones de estacionamiento, pero no había para las personas con capacidades especiales.
Sin embargo, los regidores Vivianne Clariond Domene, Brenda Tafich Lankenau y Armando Aguilar Valdez debieron cumplir la sentencia, y votaron a favor el dictamen consentido positivo en cuanto a la demolición total, pero negativo en cuanto a la licencia de uso de suelo y construcción de obra nueva y uso de edificación para edificio de departamentos, comercio y servicios.
“Ingresaron el trámite en el 2012... Lo archivaron sin darle respuesta, se vio obligado a promover un juicio contencioso para que el municipio se dignara a contestarle después de 10 años”, dijo Tafich Lankenau.
Benito Juárez, director jurídico de la Secretaría de Ordenamiento, explicó que en el asunto del 2012 al ciudadano no se le pudo avisar o no estuvo en condiciones de ser avisado porque antes de que se le requiriera por parte del municipio, promovió un juicio de nulidad ante un tribunal por el silencio del ayuntamiento de ese entonces.
“Este asunto se mandó archivar en la administración del 2012-2015 y se mandó archivar porque el interesado jamás vino a hacer las correcciones que se le plantearon y la administración pública de ese entonces consideró que había un desinterés.
“Ahora el ciudadano dice que no se le ha respondido a su petición y no vino al municipio a avisar que no se le había respondido, fue directamente a un tribunal para reclamar una solución que en el lenguaje jurídico se llama negativa ficta... Él fue quien no dio oportunidad que se le avisara”, señaló el jurídico.