'Scooters' y bicicletas no deben usar banquetas: Semovi

El titular de Semovi, Andrés Lajous, dio la instrucción a la Subsecretaría de Planeación para que corrija el error de redacción en el reglamento, donde se asegura que 'scooters' circularán en banquetas.

Scooter no podrán circular en las banquetas. (Cuartoscuro)
Cinthya Stettin y
Ciudad de México /

Andrés Lajous, secretario de Movilidad (Semovi), informó que dio la instrucción a la Subsecretaría de Planeación de la dependencia para que corrija el error de redacción que asegura que los scooters podrán circular en las banquetas.

Reconoció que hay ambigüedad en las modificaciones al reglamento de tránsito, principalmente, en lo referente a que las bicicletas y monopatines sin anclaje pueden transitar sobre la banqueta a menos de 10 kilómetros por hora.

A través de redes sociales aclaró que la reciente redacción del reglamento de tránsito buscaba delimitar las zonas de circulación de monopatines y bicicletas sin anclaje y aseguró que no deben usar las banquetas, sino el arroyo vehicular.

De acuerdo con la redacción del Artículo 5 fracción III cuando se utilicen vehículos de apoyo peatonal, como scooters o bicicletas, deberán "conservar una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora".

Esta redacción generó inconformidades en organizaciones de la sociedad civil, que anunciaron que interpondrán un amparo contra el reglamento de tránsito.

Lajous agradeció a los ciudadanos que señalaron la ambigüedad contenida en dicha modificación del reglamento.

"Desde el inicio nuestro objetivo ha sido dejar las reglas claras para que peatones, niñas y niños, y personas con discapacidad cuenten con la banqueta como un espacio seguro", concluyó.

En las modificaciones se encuentra que sólo podrán circular en las banquetas menores de 12 años, que no cuenten con ninguna clase de pedaleo asistido ni motor.

Finalmente resaltó que también establecerá que los únicos vehículos eléctricos habilitados para ocupar el espacio peatonal serán sillas de ruedas u otro dispositivos de apoyo a personas con discapacidad o movilidad limitada que no sobrepasen los 10 kilómetros por hora.


​EB​

  • Milenio Digital
  • digital@milenio.com
  • Noticias, análisis, opinión, cultura, deportes y entretenimiento en México y el mundo.

LAS MÁS VISTAS