¿Pueden EXPULSAR a tu hijo de la escuela? Esto dice la SEP

Ls SEP dicta los casos en los que se puede dar de baja a un alumno.

Se puede expulsar a un alumno de la escuela| Especial
Ciudad de México /

Ir a la escuela es una de las obligaciones más importantes que hay en los estudiantes y niños para que comiencen con sus trayectoria escolar, sin embargo, ¿sabes si pueden expulsar a un alumno?

Es importante mencionar que hasta el momento, no hay ningún estatuto que establezca cuáles son las sanciones ya que esto podría variar dependiendo de cada instituto.

Debes saber que es importante que estés pendiente de cuáles son las normas para que un niño pueda ser dado de baja en la institución.

¿Pueden expulsar a tu hijo de la escuela?

De acuerdo con Derecho de los estudiantes menores de edad a la “NoExpulsión” y, en general, derecho de los estudiantes de todos los tipos y niveles educativos a Medidas Disciplinarias Escolares Justas:

En la educación básica, queda en principio prohibida la expulsión definitiva de estudiantes por parte de las escuelas privadas u oficiales, ello, atendiendo a que los servicios educativos oficiales, e incluso, los particulares, constituyen un servicio público.

¿A quiénes aplica esta norma?

La aplicación de la disciplina escolar debe ser compatible con la edad y a los establecido en los Acuerdos Secretariales 96, 97 y 98 que señalan:

  • A los alumnos de primaria: La amonestación al alumno en privado por parte de los maestros o por la dirección del plantel.
  • (b)La comunicación por escrito a los padres o tutores del menor.
  • A los de Secundaria: La amonestación y asesoría en privado, por parte de los
  • maestros o por el director del plantel;
  • La anotación de deméritos en el expediente del alumno con copia a quienes ejerzan la patria potestad o tutela ordenada por el director;
  • El llamado a quienes ejerzan la patria potestad o tutela, por el maestro asesor de grupo, de acuerdo con el director de la escuela, para convenir conjuntamente las medidas de intercolaboración disciplinaria que hayan de adoptarse;

La separación de una clase o actividad, o de todas,hasta por tres días lectivos, dispuesta por el director con aviso a quienes ejerzan la patria potestad o tutela, conobligación del alumno de permanecer en el plantel, sujeto al desempeño de la comisión que se le asigne y a la orientación y vigilancia del personal que designe el director de la escuela, y

La separación de la clase o actividad en que hubiese ocurrido la infracción, o suspensión en todas las actividades escolares, hasta por diez días hábiles,determinada por el Consejo Técnico Escolar, previo aviso a quienes ejerzan la patria potestad o tutela, con obligación del alumno de sujetarse, en uno u otro caso, a las prácticas de estudio dirigido o comisiones intraescolares que el propio Consejo Establezca, así como a las condiciones de evaluación del aprovechamiento que sean procedentes para regularizar su situación escolar inmediata.

  • Jessica Piña
  • jessica.pina@milenio.com
  • Septienita de corazón. Editora de Discover Milenio, escribo de todo un mucho. Las audiencias, Google y el algoritmo son mi pan de cada día. La música, el cine y los trends son mi conversación favorita.

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.