Solicitarán a juez el traslado involuntario de 141 internos

Serán sometidos a un proceso los actuales presos de las cárceles distritales de Atotonilco el Grande, Tizayuca y Zacualtipán para ser reubicados tras las recomendaciones de la CNDH a Hidalgo

Cereso de Pachuca. (Jorge Sánchez)
Alejandro Reyes
Pachuca /

Luego de que en noviembre del 2018 la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) recomendara al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Hidalgo el traslado de los internos de las cárceles distritales de Atotonilco el Grande, Tizayuca y Zacualtipán a centros penitenciarios, de las 179 personas privadas de su libertad se trasladó voluntariamente a 38 y será el Ministerio Público y el Sistema Penitenciario quienes soliciten al Tribunal el traslado involuntario de los 141 restantes.

Ariana Itzel Duarte Martínez, secretaria General del Tribunal Superior de Justicia, indicó que en Atotonilco el Grande se encuentran privadas de su libertad 20 personas, había 131 en Tizayuca y 28 en Zacualtipán a quienes se les informó que debían ser trasladados a un centro penitenciario pues las cárceles distritales no son sitios para tener a personas procesadas ni sentenciadas, los internos tenían la opción de trasladarse o quedarse en la cárcel distrital.

Tras ello, agregó que de la cárcel distrital de Atotonilco el Grande ninguna persona quiso trasladarse de manera voluntaria al penal más cercano, de Tizayuca 37 aceptaron y fueron trasladados al Centro de Reinserción Social de Pachuca y solo una persona de Zacualtipán se trasladó al penal de Molango.

Precisó que las 141 personas que se negaron a trasladarse voluntariamente a un centro penitenciario pasarán ahora por un proceso de traslado involuntario a través del cual el Ministerio Público y el Sistema Penitenciario deben solicitar al Tribunal Superior de Justicia su traslado a un juez y será este quien defina si se traslada o no.

Puntualizó que el Ministerio Público deberá solicitar el traslado de las personas privadas de su libertad que están bajo proceso mientras que el Sistema Penitenciario deberá solicitar el traslado de quienes están sentenciados, “así lo marca la Ley Nacional de Ejecución Penal”.

Duarte Martínez comentó que en las cárceles distritales hay personas privadas de su libertad por delitos de homicidio calificado, violación equiparada, tentativa de homicidio, lesiones, violación, corrupción de menores.

Enfatizó que el Tribunal Superior de Justicia emitió un acuerdo para que los jueces no sigan enviando personas a las cárceles distritales de Atotonilco el Grande, Tizayuca y Zacualtipán y se les informó a las personas privadas de su libertad del traslado a centros penitenciarios con lo que el Tribunal ya cumplió la recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Nosotros ante la Comisión ya cumplimos la recomendación, fue informada la Comisión de quienes habían sido trasladados y quienes habían dicho que no; ahorita lo que sigue es que ya sea el Ministerio Público o la autoridad penitenciaria pudieran iniciar este proceso de un traslado involuntario donde ellos argumentarán alguna causal que marca la Ley Nacional de Ejecución Penal y se pudiera generar este traslado”, sostuvo.

Agregó que una vez que vez que el Ministerio Público o el Sistema Penitenciario solicite al Tribunal Superior de Justicia el traslado involuntario habrá una audiencia con un juez quien determinará si se realiza el traslado o no a los centros penitenciarios.

La Ley Nacional de Ejecución Penal establece un procedimiento en el cual se hace la solicitud al Poder Judicial, el Poder Judicial cita a una audiencia Pública y escucha a las dos partes, escucha en este caso al Ministerio Publico o a la autoridad penitenciaria respecto a qué está solicitando y escucha al procesado o sentenciado y a su defensor y el juez decide si se traslada”, concluyó.

En noviembre del 2018 la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 43/2018 al Tribunal Superior de Justicia y al Consejo de la Judicatura del Estado de Hidalgo por la reclusión irregular de personas procesadas y sentenciadas penalmente en las cárceles municipales de Atotonilco el Grande, Tizayuca y Zacualtipán las cuales únicamente están destinadas para albergar a personas sancionadas por infracciones administrativas y cuyo tiempo de estancia máxima debe ser de 36 horas ya que su finalidad no es la reinserción social.

De acuerdo al organismo se ha observado una mala práctica existente al utilizar las cárceles municipales en algunas entidades federativas, denominadas distritales, como es el caso del Estado de Hidalgo, para albergar a personas procesadas o sentenciadas, siendo esto una situación irregular, como fue señalada en el año 2016 al emitir la Recomendación General 28/2016 en este sentido.

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