En los últimos dos años se ha marcado un aumento en el delito de sustracción de menores hasta en 50%, refieren especialistas en derecho civil, lo cual se origina ante la negativa de los padres por pagar pensión alimentaria.
Iván Hernández Mar, de Consultoría Legal H&R, despacho jurídico especializado en estos casos, informó que de abril al mes de agosto aproximadamente se han presentado 14 casos relacionados a la sustracción de menores y están en proceso, es decir, en menos de cinco meses.
Sin embargo, expuso el especialista, que “de año y medio o dos años a la fecha va en aumento, no se decidía sustraer al menor porque es un delito, prácticamente un secuestro, así que en todo un año veía 6 o 7 casos, ha crecido un 40% o 50%”.
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Uno de los motivos principales para que se fragüe el delito en cuestión es motivado principalmente por los abogados, ya que se gana tiempo para evitar no pagar la pensión alimenticia, además de la insistencia de los papás deudores por que les quiten cierto porcentaje del salario.
El tiempo en que la sustracción se da es diverso, refieren los abogados especialistas en materia familiar, porque puede ser uno, dos, tres o hasta seis años que uno de los padres tenga al menor y lo aleje del otro.
“Hubo un caso de una persona que sustrajo por más de seis años y la menor se encontró en un ciudad del estado vecino de Veracruz en malas condiciones físicas y emocionales, así como ese tipo de casos son los que presentan”, refirió Hernández Mar, refiriéndose a los expedientes más extremos que se han registrado.
Los jueces de los juzgados de lo familiar en la entidad tienen mucho en qué trabajar, expuso el abogado, sobre todo porque aún existen situaciones que retrasan los procesos.
“Hay otro fenómeno que pasa en el Poder Judicial y familiar, algunos jueces tienden a corromperse. En materia civil y familiar había más recato, se daba en el menor de los casos, pero hoy los jueces se han estado corrompiendo, se han vuelto omisos”.
Insistió en que “si un abogado llega les da un cariñito puede retrasar algunos casos”, manifestó el abogado, pero no son todos los jueces, hay quienes hacen su trabajo conforme a lo establecido.
¿Cómo se da este delito?
Todo viene del divorcio por lo general, dentro del proceso se solicita una medida urgente de alimentos, que el juez otorga de manera provisional para garantizar la alimentación de los menores que lo necesitan.
El juez otorga una medida provisional, si la persona es asalariada establece un porcentaje entre el 30% y hasta el 50% según el Código Civil de Tamaulipas.
Los alimentos se tienen que proporcionar de la necesidad de los menores y de la posibilidad del deudor alimentario, que es en su mayor número el padre, de acuerdo a los casos que se presen-tan en la conurbación.
Normalmente el padre que tiene que dar pensión se siente agraviado porque está obligado a proporcionar el 40% de su salario, entonces esas situación genera cierto rencor aunque sea una obligación el proporcionar alimentos.
SJHN