En una década, se practicaron en Tamaulipas seis abortos legales por violación sexual, intervención médica que a nivel nacional llegó a los 487 casos. Es la maternidad que no fue.
El mayor número se reportó en Ciudad de México con 111, seguida por Estado de México con 79, Veracruz 35, Guerrero 29, Coahuila 27, Puebla 26, Chihuahua 19, Jalisco 18, Tlaxcala 18.
Guanajuato 17, Zacatecas 15, San Luis Potosí 15, Nayarit 14, Yucatán 11, Tabasco 11, Baja California 10, Campeche 6, Tamaulipas 6, Sinaloa 5, Baja California Sur 4, Michoacán 4, Nuevo León 3, Sonora 2, Aguascalientes 1 y Durango 1.
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El Grupo de Información en Reproducción Elegida (Gire) organismo no gubernamental, informó lo anterior y expuso que el acceso al aborto bajo las causales previstas por el marco legal en México sigue presentando obstáculos considerables, particularmente en casos de violación.
“Y es que a pesar de lo establecido en la normativa general y local, las autoridades de salud continúan imponiendo requisitos contrarios a la legislación en materia de víctimas, por ejemplo, la autorización del ministerio público para interrumpir el embarazo después de haber sufrido este delito, la necesidad de una denuncia penal o el consentimiento del padre, madre o tutor para realizar el procedimiento a mayores de 12 años”.
En Tamaulipas, el aborto está tipificado como un delito. El Código Penal del Estado en su artículo 356 establece que comete el ilícito quien prive de la vida al producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
A la mujer que voluntariamente lo procure o consienta que otro la haga abortar, se le impondrá una sanción de uno a cinco años de prisión, quedando facultado el juez para sustituirla por tratamiento médico integral, para lo cual sólo bastará que lo solicite y ratifique la responsable.
A la persona que provoque la muerte del producto de la concepción de una mujer embarazada, se le impondrán de cuatro a nueve años de prisión, según la gravedad del caso. Sin embargo, se permite el aborto terapéutico, justificado por razones médicas, en casos de riesgo para la vida de la madre o su salud física y mental; incluso, el Estado tiene la obligación de brindar la atención que requiera para tales efectos.
También se permite cuando el embarazo es producto de una violación. Fue así como una menor de once años de edad en Nuevo Laredo tuvo un aborto asistido, bajo la NOM 046, luego de haber sido atacada sexualmente por su padrastro y el hijo de este.
Gire es una agrupación feminista, que busca una transformación cultural en México a través de la exigencia de justicia reproductiva, desde una perspectiva de derechos humanos. En su estudio “El camino hacia la justicia reproductiva: una década de avances y pendientes” expone los indicadores en este tema.
Por otro lado, la agrupación expone que en México, cada entidad federativa establece el tipo y la duración de las penas relacionadas con el delito de aborto.
La legislación refleja la creencia de que las mujeres deben privilegiar el valor de la maternidad y de no hacerlo, por ejemplo, al interrumpir un embarazo, pueden ser sometidas a sanciones, incluidas multas, penas de prisión o tratamiento médico.
SJHN