Migrantes deberán presentar permiso migratorio al abordar en Terminal de Toluca

En general y sin excepción deben presentar una identificación oficial y vigente, mientras los extranjeros deberán presentar su permiso.

La medida es para garantizar seguridad a los usuarios.
Abadiel Martínez
Toluca /

En una nueva medida del Gobierno de México, la cual parece no apegarse a la identidad migratoria y a los estándares internacionales de derechos humanos, las personas extranjeras ahora deben presentar su permiso migratorio e identificación para poder abordar una unidad de transporte público local, tal es el caso de la Terminal de Autobuses de Toluca, donde ya comenzó esta medida.

La crisis migratoria orilló a las autoridades a tomar medidas restrictivas en territorio nacional, una de ellas revisión de documentos para acreditar la estancia legal en el país, lo cual se ha aplicado en las empresas de transporte internacional de pasajeros marítimo o aéreo; sin embargo, esto no se aplica o no está dentro de los status de la identidad migratoria para las empresas de transporte público local.

Con diversos carteles, la Terminal de Autobuses de Toluca advierte que los usuarios están obligados a identificarse; para ello y sin excepción deben presentar una identificación oficial y vigente mientras que los extranjeros, deben mostrar su permiso migratorio e identificación que coincida.

Cómo será el proceso de compra

Estos documentos deberán presentarse en taquilla para adquirir el boleto y también en el autobús, previo a abordar. “Por instrucción oficial, toda persona deberá presentar una identificación válida. En el caso de extranjeros, se les solicitará su permiso migratorio e identificación con el mismo nombre, para poder comprar un boleto y al abordar el autobús”, se lee en los carteles membretados por las autoridades federales como Secretaría de Seguridad, Instituto Nacional de Migración, Guardia Nacional, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, entre otras.

Qué dice la ley

Si bien esta medida es para garantizar mayor seguridad y confianza, estaría violando acuerdos internacionales de derechos humanos como la “discriminación motivada por razón entre otros, de su nacionalidad”.

Aunado a esto, la Ley Migratoria solo autoriza -como obligación- a las empresas de transporte internacional de pasajeros marítimo o aéreo verificar que los extranjeros cuenten con documentación válida y vigente para internarse en el territorio nacional o al país de destino final, como se establece en el artículo 44 de la Ley de Migración.

Sin embargo, en esta ley no se incluyen a las empresas de transporte local; motivo por el cual, las empresas de camiones locales no están facultadas para solicitar dicha documentación.

KVS

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