Sentencian a Tonalá a reintegrar el ISR del aguinaldo correspondiente a 2019

El tesorero municipal comentó, existe una controversia porque de acuerdo con la ley de servidores públicos del estado de Jalisco, el aguinaldo debe pagarse sin deducción alguna

Sentencian a Tonalá a reintegrar el ISR del aguinaldo correspondiente a 2019| Especial
Diana Barajas
Guadalajara /

El Tribunal de Escalafón y Arbitraje del Estado de Jalisco sentenció al ayuntamiento de Tonalá a reintegrar el ISR del aguinaldo correspondiente a 2019, luego de que trabajadores del gobierno municipal exigieran por medios legales que no se redujera de su aguinaldo dicho impuesto.

Sin embargo, el tesorero del ayuntamiento tonalteca, Iván Rocha Peña, explicó que durante la administración pasada, en marzo de 2020, luego de una auditoría el SAT determinó que el gobierno de Tonalá no enteró el ISR sobre el aguinaldo de los servidores públicos, lo que violentaba leyes tributarias y convertía al ayuntamiento en acreedor a una multa.

"El mismo sistema de administración tributaria le dice al municipio en la administración pasada que no es procedente y que efectivamente habría que hacer la retención del impuesto sobre la renta y que habría que enterarlo, entonces acto seguido nosotros ya en la administración actual hacemos la retención y hacemos el entero", dijo Iván Rocha Peña, tesorero del ayuntamiento de Tonalá.

El tesorero municipal comentó, existe una controversia porque de acuerdo con la ley de servidores públicos del estado de Jalisco, el aguinaldo debe pagarse sin deducción alguna por lo que el tribunal de escalafón y arbitraje del estado condenó el reintegro de ISR del aguinaldo, pero por otro lado, el SAT exigió al ayuntamiento el cobro del impuesto.

"Desafortunadamente tenemos dos criterios totalmente distintos, tenemos el criterio del Tribunal de Escalafón y Arbitraje del Estado que dice que bajo el amparo del 54 no debemos retener, pero por el otro lado tenemos una resolución del sistema de administración tributaria que dice que sí tenemos que retener el impuesto y tenemos que enterarlo", comentó.

Para resolver la controversia y determinar quién tiene la razón, el ayuntamiento presentó un amparo ante un Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo.

"Ese aguinaldo ya fue sujeto a una retención, esa retención ya fue pagada al SAT, es decir, el SAT ya tiene el dinero del trabajador no lo tiene el municipio, lo tiene el SAT, entonces bajo esas condiciones le tendría que pedir al SAT que me regrese el dinero para regresarselo al trabajador si ese fuera el caso, pero hasta ahorita no lo es, esperaremos la resolución del Tribunal Colegiado", mencionó.


JMH

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.