¿Qué trámites debes hacer tras la muerte de un familiar? Te explicamos paso a paso

La Profeco publicó una guía sobre los trámites legales que se deben realizar como la cancelación de tarjetas y accesos a seguros.

La Profeco publicó una sencilla guía de trámites a realizar luego de la pérdida de un ser querido. (Cuartoscuro)
México /

Temas de salud como la pandemia del coronavirus, accidentes, entre otros factores que ocasionan la muerte, nos obligan a saber qué hacer ante el fallecimiento de un familiar, amigo, o ser querido, ya que pude ser un proceso laborioso.

En ese sentido, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en su revista del mes de octubre, ofreció una sencilla guía sobre lo que las personas deberán realizar ante la pérdida de un ser querido.

¿Cuál es el proceso tras la muerte de un familiar?

Certificado médico de defunción

Si el deceso ocurre en alguna institución médica o en el domicilio del difunto, el personal médico debe emitirlo.

Cuando es una muerte distinta a la natural, se debe avisar al Ministerio Público (MP) y un médico forense investigará la causa y se encargará de expedir el certificado de defunción.

 Agencia funeraria

Solicita asesoría en la funeraria, de acuerdo con las circunstancias y los deseos de la familia del fallecido o fallecida, respecto a la inhumación o cremación del cuerpo.

Ahorro de la Afore

El plazo para solicitar el saldo de la cuenta individual es de 10 años. En caso de no ejercerse este derecho, el dinero y los rendimientos pasarán automáticamente al IMSS o ISSSTE.

Toma en cuenta que pueden existir beneficiarios legales:

  • La viuda o viudo
  • Los hijos menores de 16 años o mayores si estudian
  • Los padres, si vivían en el hogar del trabajador
  • La concubina o el concubinario si dependió económicamente del trabajador.

Pensiones por fallecimiento del trabajador

Si la persona fallecida cotizaba en el IMSS o ISSSTE, revisa y solicita asesoría sobre las pensiones según sea el caso: pensión por viudez; pensión por orfandad y pensión de ascendentes

Testamento

Si tu familiar realizó uno, como posible heredero, puedes iniciar un procedimiento sucesorio ante notario o juez y presentar el acta de defunción, identificación oficial y el testamento, si la persona fallecida te lo entregó en vida.

Cancelación de tarjetas

Actualmente, muchas de ellas cuentan con seguros que cubren la deuda y los adeudos realizados hasta el momento del fallecimiento de la persona titular, pero no aquellas compras realizadas por las tarjetas adicionales después de su muerte.

Crédito hipotecario

Tanto en la Ley del ISSSTE como la del Infonavit, o incluso en las instituciones bancarias, el crédito hipotecario fue otorgado por una institución bancaria y estará cubierto por un seguro para los casos de invalidez, incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador, pensionado o beneficiarios de los pagos del crédito.

Crédito automotriz

Por lo regular cuentan con un seguro de vida del titular ya incluido en la mensualidad, por lo que deberás realizar una serie de trámites ante la financiera para saldar el crédito, mientras tanto, se deberán seguir cubriendo las mensualidades.

Seguro de vida

Si tu familiar contaba con algún seguro de vida, la aseguradora deberá entregar la suma asegurada contratada, de acuerdo con las características del contrato. Consulta, en la póliza, los pasos para el trámite correspondiente.

Seguro educativo

Generalmente va de la mano de una cobertura de exención del pago de primas por fallecimiento o invalidez total y permanente del contratante. Ante esto, la aseguradora pagará las primas hasta que se cumpla el plazo del seguro.

AESC

  • Eduardo de la Rosa

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