Por segunda ocasión ejidatarios de la comunidad Benavides Grande y Benavides Olivares obtuvieron una medida precautoria dictada por el Tribunal Unitario Agrario para evitar que la pedrera Matrimar SA de CV se instale en sus terrenos en el municipio de Doctor González, Nuevo León.
Y es que la empresa obtuvo un nuevo contrato de arrendamiento para la explotación de las tierras pese a que en meses anteriores el Tribunal Agrario ya había anulado su primer convenio porque no se había consultado a los ejidatarios ni se habían llevado a cabo los procesos legales correspondientes.
“El primer juicio el 77/2017 lo iniciamos al darnos cuenta que nuestro comisariado comunal sin autorización de nosotros aprobó en una asamblea el contrato con la empresa Matrimar. En la primera demanda ellos hicieron el contrato a su gusto y sin convocar, por eso mandamos a anular la primera acta”, explicó el representante de los comuneros, Aristeo Benavides.
- Te recomendamos Asegura Matrimar contar con permisos Comunidad
El segundo contrato, dijo, tampoco se realizó con el aval de los vecinos, ya que aparentemente “acarrearon” a ejidatarios de otras comunidades y ranchos.
“Ahora la empresa y nuestro comisariado (Nicacio Pruneta Martínez) llevaron alrededor de 200 personas acarreadas en autobuses al día de la votación para hacer la nueva acta de asamblea, es ilógico y es ilegal”, señaló.
Por ese motivo interpusieron un nuevo juicio ante el Tribunal, y ya se les concedió nuevamente una medida precautoria para que no se afecten los terrenos.
“La medida precautoria va a estar vigente por el tiempo que estemos en la demanda y ellos no pueden desmontar, no pueden meterse, no pueden sacar nuestro ganado no pueden hacer nada”, dijo.
Benavides señaló que los vecinos están en contra de que se instale la empresa debido a que extraerían agua del Arroyo Mojarras y actualmente esa es la única fuente que abastece a la comunidad.
Matrimar tiene una pedrera en Cerralvo y de ahí consumen 280 mil litros diarios del Arroyo Pescado y Río Sardinas, causando escasez de agua para las comunidades aledañas.