Corte confirma suspensión a orden de Sener que obligaba a IP a comprar gas natural a Pemex y CFE

Cuatro ministros avalaron el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena que derivó de un recurso de reclamación promovido por el gobierno federal.

La suspensión en contra de la disposición de la Sener había sido concedida en septiembre del año pasado. | Shutterstock
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión que, en septiembre del año pasado, concedió la ministra Norma Piña en contra de la disposición de la Secretaría de Energía (Sener) que obligaba a los usuarios del sistema de ductos del país a comprar gas natural a Petróleos Mexicanos (Pemex) y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Durante la sesión pública de la Primera Sala del máximo tribunal del país, los cuatro ministros presentes avalaron el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena que derivó de un recurso de reclamación promovido por el gobierno federal en contra del fallo de la ministra Piña como parte de una controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

El acuerdo determina que se suspendan los efectos y consecuencias de los oficios SENER.100/195/2022, con fecha del 13 de junio de 2022, emitido por la secretaria Rocío Nahle; así como el CENAGAS-UGTP/00434/2022 del pasado 27 de junio, éste, emitido por la titular de la Jefatura de Unidad de Gestión Técnica y Planeación del Centro Nacional de Control del Gas Natural, Rosa Elena Torres.

“Con la finalidad de implementar las acciones a que se refiere la Estrategia, se hace de su conocimiento que en caso de que el Centro de Servicio de Transporte suscrito por su representada con el Cenagas contenga alguno de los Nodos Comerciales contenidos en la Tabla 1 siguiente, tendrá la obligación de acreditar el cumplimiento de los requisitos referidos en la Estrategia a través de la Evidencia Documental emitida por la Empresa Productiva del Estado, sus filiales o subsidiarias según el caso”, detalla dicho oficio del Centro Nacional de Control del Gas Natural (Cenagas), dirigido a las empresas transportistas.

En ese comunicado también se les impuso un plazo de 60 días para entregar la documentación con la que dan cumplimiento a esta nueva disposición.

ROA

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