Congreso CdMx aprueba Ley del Sistema de Cuidados; buscan redistribuir responsabilidades

Con 64 votos a favor y cero en contra, el pleno del Congreso capitalino aprobó la Ley.

La legislación establece las responsabilidades que debe tener cada nivel de gobierno. | Foto: Especial
Alma Paola Wong
Ciudad de México /

La Ciudad de México ya cuenta con un Sistema de Cuidados, un marco legal que reconoce, redistribuye y reduce este tipo de trabajo.

Con 64 votos a favor y cero en contra, el pleno del Congreso capitalino aprobó la Ley que establece por primera vez el derecho al cuidado como un derecho exigible, universal y con obligaciones concretas para el Estado, al mismo tiempo que determina una responsabilidad compartida entre el gobierno local y alcaldías, comunidades e iniciativa privada.

Los legisladores expusieron que tras una consulta ciudadana realizada en las 16 alcaldías y un diálogo con especialistas, organizaciones civiles, personas cuidadoras, personas mayores, personas con discapacidad y comunidades de toda la ciudad, la legislación establece las responsabilidades que debe tener cada nivel de gobierno, desde la Jefatura de Gobierno y las alcaldías, así como la infraestructura social que se va a desarrollar.

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¿Cuáles son los ejes de la Ley?

Los tres ejes de la Ley son reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidados, bajo los principios de desfeminización, desfamiliarización y desmercantilización.

“El cuidado ya no será solo responsabilidad de las mujeres, ni solo de las familias, ni algo que se pague o se deje de hacer por falta de dinero” , indica el documento.

La nueva ley reconoce que más de tres millones de personas en la Ciudad de México requieren cuidados por etapa de vida, discapacidad o dependencia, y que el trabajo no remunerado de cuidados representa alrededor del 12 por ciento del PIB capitalino.

Además, las mujeres asumen cerca del 70 por ciento de esa carga, muchas veces en condiciones de aislamiento y sin ningún reconocimiento.

“Reconoce que la responsabilidad compartida de género se considera presupuesto necesario para alcanzar una redistribución más equitativa de los trabajos de cuidado entre los géneros, con la finalidad de erradicar condiciones de desigualdad estructural, al permitir una participación plena y efectiva de las mujeres en la vida social, económica, comunitaria, política y en todos los ámbitos”, indica la Ley.

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¿Qué establece la Ley?

La Ley es reglamentaria del artículo 9, apartado B, de la Constitución Política de la Ciudad de México en materia del Sistema de Cuidados y señala que:

  • Se deberán establecer los principios, ejes y estrategias que guiarán la implementación del Sistema de Cuidados en la Ciudad de México
  • Reconocer, redistribuir y reducir la carga de trabajos de cuidado, especial énfasis en los realizados preponderantemente por mujeres, con la finalidad de:

a. Desmercantilizar los servicios de cuidado, garantizando el acceso gratuito y universal, promoviendo la participación de los sectores sociales y comunitarios.

b. Desfeminizar los trabajos de cuidado fomentando la creación de condiciones materiales e inmateriales para que no recaigan de manera desproporcionada en las mujeres.

c. Desfamiliarizar los trabajos de cuidado, garantizando la responsabilidad compartida para la provisión de este derecho entre el Estado, el sector social y el sector productivo.

  • Visibilizar los trabajos de cuidado, reconociendo su aportación a la economía de la Ciudad
  • Establecer, progresivamente, mecanismos para lograr una retribución económica y social justa, tanto de los trabajos remunerados como de los no remunerados
  • Coadyuvar a lograr la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, así como a la inclusión de la perspectiva de género como eje transversal del sistema
  • Promover la mayor protección de los derechos de las personas cuidadoras
  • Establecer programas y planes de acción para garantizar el ejercicio del derecho al cuidado de quienes lo requieran por etapa del curso de vida o por condición de dependencia o discapacidad o VIH
  • Establecer las autoridades responsables del Sistema de Cuidados, sus competencias y mecanismos de coordinación
  • Promover estándares de atención, criterios de cáfidad esquemas de coordinación para el funcionamiento de las diversas instancias del Sistema de Cuidados
  • Fomentar la colaboración entre el sector público, el privado, las organizaciones sociales, comunitarias, académicas, de la sociedad civil, así como gremios, asociaciones, frentes y cualquier otro actor, de origen nacional o internacional que coadyuve a fortalecer los modelos de atención, promoviendo las mejores prácticas institucionales en la materia

En el caso de cada alcaldía, deberán contar con

  • Servicios gratuitos como Centros de Cuidado Infantil (Cecui) para niños y niñas desde los 43 días hasta los seis años de edad
  • Casas de día para el cuidado y desarrollo de adultos mayores
  • Centros de rehabilitación para personas con discapacidad
  • Servicios que redistribuyan la carga del trabajo de cuidados, como lavanderías populares y comedores comunitarios

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