La diputada local Areli Rubí Miranda Ayala presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del estado de Hidalgo para adicionar el capítulo denominado “Negación del servicio público” con lo que se busca sancionar hasta con cinco años de prisión a aquellos funcionarios públicos que sean omisos al prestar un servicio a la población.
La iniciativa plantea que se impondrá prisión de uno a cinco años y multa de 50 a 300 veces la unidad de medida y actualización a quien teniendo la calidad de servidor público indebidamente niegue o retarde a los particulares la protección, el auxilio o el servicio que tenga obligación de otorgarles.
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Se sancionará también si tiene a su cargo elementos de la fuerza pública y habiendo sido requerido legalmente por una autoridad competente para que le preste auxilio se niegue a proporcionarlo.
Además de quien indebidamente niegue o retarde la expedición de las órdenes de protección emergente o preventiva, una denuncia o demanda o cualquier otro tipo de medida de seguridad y a consecuencia de esta negativa o retardo perdiera la vida la víctima sujeta de violencia o alguno de sus descendientes en manos de su agresor.
Miranda Ayala enfatizó, desde el Pleno, que existen diversos servicios públicos de carácter primordial para el desarrollo de una sociedad como son la impartición de justicia, la seguridad pública, los servicios públicos esenciales, los servicios de salud y los servicios de educación.
“Sin estos servicios los habitantes podrían sufrir algún tipo de afectación de difícil o imposible reparación, es por ello que esta iniciativa busca sancionar la omisión de la prestación del servicio por parte de la administración pública o a un particular llevada a cabo por un funcionario público o autoridad, esto en cuanto que infringe el deber de cuidado de los poderes públicos y afecta al correcto funcionamiento de la administración pública, trayendo posibles afectaciones a los habitantes del estado”, sostuvo.
La legisladora local mencionó que en el Código Penal del estado de Hidalgo cuenta con el título denominado “Delitos por Hechos de Corrupción Cometidos por Servidores Públicos y Particulares Vinculados con estos Hechos”.
Sin embargo, agregó que este título no cuenta con ningún artículo que sancione la indebida prestación, retardo o negación de un servicio público, “hecho que es preocupante ya que existe un alto índice de desconfianza hacia el servidor público, cosa muy común en nuestro estado ya que los servidores públicos pierden la noción de que la finalidad de que estén en esos puestos públicos es para prestar un servicio a la ciudadanía o no para satisfacer expectativas personales”.
Subrayó que el servicio público debe de considerarse como una obligación no solo del Estado sino de los que ejercen su representatividad a través del cargo público, “y por ende cualquier omisión en esta prestación debe ser sancionada por las normas penales y no solo administrativas ya que está en juego algún bien jurídico tutelado de las personas”.
Finalmente, el presidente de la Mesa Directiva, Armando Quintanar Trejo, turnó la iniciática de la diputada a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia para su análisis y dictaminación.