Colegiaturas de nivel superior deducibles de impuestos propone Alejandro Enciso

El diputado local del PRI propone que el pago de colegiaturas en el nivel superior sean ediciones de impuestos en Hidalgo

Alejandro Enciso Arellano. (Cortesía)
Pachuca /

Las precarias condiciones económicas que imperan en el país, aunado a la crisis que dejó la pandemia, han generado que la deserción escolar vaya en aumento; es por ello que el diputado local Alejandro Enciso Arellano, propuso que las colegiaturas de educación superior se puedan deducir del impuesto sobre la renta (ISR).

Durante la lectura de su iniciativa, afirmó que lo que se busca, es incluir dentro de las deducciones personales del Impuesto Sobre la Renta, los pagos por servicios de educación superior, es decir, las colegiaturas, que una persona se paga para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato, e hijos, siempre y cuando los pagos se realicen a instituciones educativas privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial.

“Las instituciones públicas y particulares se están enfrentado a la deserción escolar. La situación económica que se vive en el país, presentando una severa disminución del poder adquisitivo, lo que representa para muchas familias la imposibilidad de seguir cubriendo las colegiaturas y gastos educativos de sus hijas e hijos”, dijo.

Datos del INEGI, arrojan que por motivos asociados a la pandemia de Covid-19 o por falta de dinero, no se inscribieron 5.2 millones de personas al ciclo escolar 2020-2021.

En 2019, al menos 2.9 millones de jóvenes en México concluyeron sus estudios de educación media superior, y de ellos, solamente un millón cursaba el nivel superior.

“Lamentablemente, estos datos reflejan una triste realidad, pues cada alumno que deja la escuela, es un sueño truncado”, consideró Alejandro Enciso.

Como parte de la iniciativa en cuestión, se propone que una vez aprobada la iniciativa por esta Legislatura, se remita a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para los efectos legislativos previstos en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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