Con 16 votos a favor, ocho en contra y dos abstenciones, legisladores locales aprobaron el Decreto por el que se crea la Ley de Acceso al Derecho a la Alimentación, presentada por la diputada la legisladora de Morena, Lucero Ambrocio Cruz.
Aunque la diputada Margarita Evelyn Leonel Cruz subió al Pleno para leer el dictamen, únicamente mencionó que la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales consideró pertinente su aprobación, sin embargo no dio a conocer el objetivo de la Ley, los artículos con los que cuenta, los títulos ni qué es lo que contiene.
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Pese a ello, la nueva Ley tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos 5 y 8 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo en lo referente al derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad que tienen todos los habitantes del estado y en puntual atención de los niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.
Además de establecer las bases y criterios de los Comedores del Bienestar que el Estado pondrá al servicio de toda la población y en atención especial a la más vulnerable.
En el diseño, operación y evaluación de los Comedores Populares y Comedores Escolares, serán autoridad competente el titular de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de Hidalgo y el titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, respectivamente.
Para el óptimo funcionamiento de los Comedores del Bienestar, se prevé el trabajo coordinado entre la autoridad competente, los Ayuntamientos y las dependencias de la administración pública del estado de Hidalgo.
Es obligación de la autoridad competente que el abasto de todos los insumos y el equipamiento esté garantizado de forma permanente en los Comedores Populares y Comedores Escolares.
Toda persona que habite, resida o transite en el estado de Hidalgo tiene derecho a acceder al programa Comedores del Bienestar prestando atención preferente a la población en situación de vulnerabilidad y en apego a los criterios que la Ley señala.
Acorde a sus atribuciones, el titular del Poder Ejecutivo del estado de Hidalgo incluirá dentro de su propuesta de Proyecto de Presupuesto de Egresos la asignación presupuestal que garantice la eficiencia en la operación de los Comedores del Bienestar y la ampliación de estos en todas las localidades que se encuentren clasificadas como Zonas de Atención Prioritarias (ZAP) urbanas y rurales.
Los Comedores del Bienestar serán instalados en espacios físicos que cuenten con las dimensiones e infraestructura adecuadas para el eficiente servicio, el resguardo de insumos y la protección de la integridad física de beneficiarios y prestadores de servicio.
Sin eximir la obligación de la Secretaría de construir y adecuar espacios físicos para la instalación de Comedores Populares, la Secretaría podrá firmar convenios de colaboración con los Ayuntamientos y las comunidades beneficiadas, para utilizar o adecuar los espacios físicos existentes que puedan ser instalados como Comedores Populares.
Los Comedores del Bienestar serán operados por los prestadores de servicio, la autoridad competente garantizará que el número de Prestadores de Servicio sea la adecuada para cada comedor.
Se establece también el Comedor Popular el cual tendrá un carácter de espacio de inclusión por el cual se garantiza el derecho del acceso a la alimentación a la población, con especial atención a la población más vulnerable y no tendrá fines de lucro.
Además se establece el Comedor Escolar mismo que tendrá un carácter de espacio de inclusión por el cual se garantiza el derecho del acceso a la alimentación a la población estudiantil de instituciones públicas de nivel básico, prestando preferente atención las ubicadas en los municipios con población mayor al 30 por ciento en situación de pobreza extrema o con población mayor al 50 por ciento en condiciones de pobreza moderada.