Diputados aprueban la Ley en Materia de Desaparición de Personas

Se contempla la creación de un Sistema de Búsqueda, un Registro Estatal Personas Desaparecidas, un Registro de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas.

Búsqueda de personas desaparecidas.
Alejandro Reyes
Pachuca /
Con 28 votos a favor los diputados locales aprobaron la Ley en Materia de Desaparición de Personas del Estado de Hidalgo, la cual contempla la creación de un Sistema de Búsqueda de Personas, un Registro Estatal Personas Desaparecidas, un Registro de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas, un Banco de Datos Forenses y las Medidas de Reparación Integral del Daño a las Víctimas.

La Ley cuenta con 123 artículos, seis títulos y tiene como objeto establecer la coordinación y distribución de competencias entre el Estado y sus municipios para la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas y esclarecer los hechos así como prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.

Define la labor y el objeto de la Comisión de Búsqueda de Personas, el Consejo Ciudadano y su integración, los Grupos de Búsqueda, las atribuciones de la Fiscalía Especializada, establece la búsqueda de personas y las medidas de ayuda, asistencia y atención.

Se establece que la búsqueda de personas tendrá por objeto realizar todas las acciones y diligencias tendientes a dar con la suerte o el paradero de la persona hasta su localización, incluidas aquellas para identificar plenamente sus restos en caso de que estos hayan sido localizados así como garantizar en todo momento el derecho a la verdad.

Las acciones de búsqueda deberán agotarse totalmente hasta que se determine la suerte o paradero de la persona. Cualquier persona puede solicitar la búsqueda de una persona desaparecida mediante: noticia, reporte o denuncia.

La Comisión de Búsqueda de Personas y la Fiscalía Especializada, de conformidad con las atribuciones que les confieren la Ley General y Ley estatal, deberán realizar las acciones de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas y no localizadas así como de investigación y persecución de los delitos materia de la Ley General.

El Sistema de Búsqueda de Personas tiene por objeto coordinar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre las distintas autoridades estatales y municipales relacionadas con la investigación y búsqueda de personas. El Sistema será presidido por el titular de la Secretaría de Gobierno.

La Ley establece que el Registro Estatal Personas Desaparecidas es una herramienta de búsqueda e identificación que organiza y concentra la información sobre personas desaparecidas y no localizadas, que recaben el Ministerio Público y las demás autoridades del Estado, con el objeto de proporcionar apoyo en las investigaciones para su búsqueda, localización e identificación, cuya operación estará a cargo de la Comisión Estatal de Búsqueda.

En tanto, el Registro de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas en el Estado de Hidalgo se encontrará a cargo de la Fiscalía Especializada, formará parte del Banco de Datos Forenses del Estado de Hidalgo y contendrá información sobre los datos forenses de los cadáveres o restos de personas no identificadas y no reclamadas, del lugar del hallazgo, el lugar de inhumación o destino final y demás información relevante para su posterior identificación.

De igual modo, el Banco de Datos Forenses del Estado de Hidalgo, estará a cargo de la persona titular del Ministerio Público y tiene por objeto concentrar la información relevante para la búsqueda e identificación de Personas desaparecidas y no localizadas, así como para la investigación de los delitos materia de la Ley General.

En cuanto a las Medidas de Reparación Integral del Daño a las Víctimas la Ley establece que el derecho para que la víctima solicite la reparación integral es imprescriptible.

Para el dictamen de la Ley, la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia, analizó la iniciativa del diputado Asael Hernández Cerón y Crisóforo Rodríguez Villegas presentada en agosto del 2020 así como la iniciativa del gobernador del estado Omar Fayad Meneses de julio de este año.

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