Diputados de Hidalgo buscan eliminar delito de rapto del Código Penal

Elvia Yanet Sierra Vite agregó que una agravante de esta problemática radica en que algunos códigos penales contemplan la no aplicación de la sanción en caso de que la víctima sea mujer y el hombre que cometió el delito contraiga matrimonio con ella

Sierra Vite mencionó que estos delitos solo pueden ser sancionados a petición de la persona afectada
Alejandro Reyes
Pachuca; Hidalgo /

Diputados del Partido del Trabajo (PT) y de Morena presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal del estado de Hidalgo para eliminar el delito de privación de la libertad con fines sexuales y el delito de rapto.

Esto, de acuerdo con la diputada Elvia Yanet Sierra Vite, en concordancia con los principios de igualdad, no discriminación y derechos humanos para garantizar un marco legal que respalde la integridad y dignidad de las personas, especialmente de las mujeres.

Actualmente el Código Penal del Estado de Hidalgo establece que quien se apodere de una persona por medio de la violencia o del engaño, con el propósito de satisfacer algún deseo erótico sexual o para casarse con ella, se le impondrá de uno a seis años de prisión y multa de 10 a 60 días. El delito de rapto se perseguirá por querella de la persona ofendida o de su legítimo representante.

Sierra Vite mencionó que el delito de rapto y el delito de privación de la libertad con fines sexuales implican la privación ilegal de la libertad de una persona, con el propósito de llevar a cabo un acto sexual o contraer matrimonio en el caso del rapto.

Sin embargo, puntualizó que sorprendentemente estos delitos solo pueden ser sancionados a petición de la persona afectada limitando así la posibilidad de que el sistema legal actúe de manera proactiva en la protección de los derechos de las víctimas.

“Es importante destacar que, en algunos casos, estos delitos solo reconocen como víctimas a las mujeres, lo cual plantea un desequilibrio en el enfoque legal y una negación de la posibilidad de que otros géneros sean igualmente afectados”, dijo.

Agregó que una agravante de esta problemática radica en que algunos códigos penales contemplan la no aplicación de la sanción en caso de que la víctima sea mujer y el hombre que cometió el delito contraiga matrimonio con ella, perpetuando así la discriminación y vulnerando sus derechos humanos, especialmente el derecho al acceso a la justicia.

“Desde una perspectiva de derechos humanos, tanto el delito de rapto como el delito de privación ilegal de la libertad deben ser derogados de manera inmediata. Esto se alinea con los tratados internacionales y la progresividad de los derechos humanos, garantizando que las conductas que se configuran como resultado de la derogación se correspondan con el delito de violación y, en su caso, con el delito de secuestro”, sostuvo.

Finalmente, la presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del estado, Vanesa Escalante Arroyo, turnó la iniciativa a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia para su análisis y dictaminación.


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