A nombre de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionaria Institucional (PRI), el diputado Alejandro Enciso Arellano, presentó ante la Diputación Permanente del Congreso del estado una iniciativa de reforma al Código Penal para incrementar las penas por el delito de hostigamiento sexual cuando se utilicen drones.
La iniciativa tiene como objetivo establecer la punibilidad a quien realice hostigamiento sexual con fines lascivos y utilice algún Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia con el fin de videograbar, audiograbar o fotografiar a la víctima.
El Código Penal establece que comete el delito de hostigamiento sexual el que con fines lascivos, asedie a una persona, se le impondrá prisión de tres meses a dos años y multa de 40 a 80 días.
La iniciativa plantea que se duplicará la punibilidad cuando el hostigador se valga de la utilización de algún Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia con el fin de videograbar, audiograbar o fotografiar a la víctima.
Tras su lectura, la iniciativa fue turnada a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia, que preside el diputado Octavio Magaña Soto, para su análisis y dictaminación.
Enciso Arellano mencionó que en lo relacionado con las de incidencias de violencia en contra la mujer Hidalgo ocupa los siguientes lugares a nivel nacional: 24 en abuso sexual; 19 en acoso u hostigamiento; 21 en incidentes de violación; 30 en incidentes de violencia de pareja; y 29 en incidentes de violencia familiar.
“Las estadísticas nacionales como estatales muestran una tendencia preocupante para ejercer algún tipo de violencia en contra de las mujeres, las cuales pueden ser potenciadas, incluso, por el uso de artefactos tecnológicos”, sostuvo el legislador.
Agregó que el caso del acoso u hostigamiento puede generarse mediante la captura de imágenes de la víctima, audio o video que incomoden a la persona en cualquiera de sus modalidades, “potenciándose cuando no existe una relación de poder o laboral de por medio y expresándose en espacios públicos e, incluso, en sus propios hogares”.
Puntualizó que las tecnologías de la información continúan generando vacíos legales al momento de imputar un delito por deficiencias en la ley, en este supuesto, dijo, se encuentra el uso de los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia, que incluye el uso de los denominados drones.
“Pese a la existencia de la Ley de Aviación Civil en nuestro país y a la Norma Oficial Mexicana NOM-107-SCT3-2019, no se encuentra considerada una pena adicional cuando se demuestre su uso en un delito establecido en el Código Penal Federal”, aseveró.
El diputado refirió que en lo respectivo al Código Penal para el estado de Hidalgo tampoco se identifica una pena adicional en caso de ser utilizado en alguno de los delitos sexuales.
“Por tal motivo se identifica la necesidad de reformar el Código Penal para el estado de Hidalgo para considerar como agravante el uso de cualquier Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia, para los delitos de hostigamiento u acoso cuyo fin sea videograbar, audiograbar o fotografiar a la víctima”, concluyó.