Proponen cárcel para quienes abandonen a su pareja durante el embarazo

Se busca sancionar a quien acreditando la paternidad, abandone a una mujer embarazada, incumpliendo su obligación de apoyo durante el periodo de embarazo.

Embarazadas.
Pachuca /

La diputada local, María Adelaida Muñoz Jumilla, propuso ante el pleno del Congreso del Estado de Hidalgo, sancionar al hombre que, acreditando la paternidad, abandone a una mujer embarazada, incumpliendo así su obligación de apoyo durante el periodo de embarazo.

La legisladora explicó que la iniciativa tiene por objeto reformar el tipo penal de "incumplimiento de las obligaciones alimentarias" contemplado un elemento a la descripción de la conducta típica y estableciendo una agravante.

De acuerdo con la iniciativa de reforma presentada el pasado 8 de noviembre, contempla que, a las personas que se les acredite la paternidad y cometan el delito, se les aplique una sanción de entre tres a cinco años de prisión además de una multa de 100 a 400 días de salario mínimo, pudiendo incrementarse hasta los 7 años y medio y 600 días multa como máximo, en los casos en los que la conducta cause alguna afectación a la salud de la mujer o al producto en gestación.


Por su parte, la diputada señaló que su propuesta tiene la intención de generar mecanismos para proteger los derechos de las embarazadas, además de la creación de una estrategia para inhibir y disminuir las acciones de abandono de sus responsabilidades.

De acuerdo con datos presentados en la iniciativa, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía precisa que 23 por ciento de personas gestantes menores de 20 años son abandonadas al dar la noticia, mientras que para ciudadanas de hasta 35 años esto se eleva al 32 por ciento y para las de entre 40 y 50 años se incrementa aún más, hasta 43 por ciento.

"Se nos faculta a los Estados realizar las acciones que creamos pertinentes para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres u otras personas que tengan la responsabilidad financiera por el niño", dijo Muñoz Jumilla.

Cabe mencionar que actualmente el artículo 230 establece: "Al que incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos, se le impondrá prisión de tres a cinco años y

multa de 100 a 400 días, además suspensión o pérdida de los derechos de familia en relación con el ofendido, hasta por el máximo de la pena privativa de libertad impuesta".

La reforma planteada por la legisladora hidalguense busca adicionar un segundo párrafo y se recorren los subsecuentes del artículo 230 del Código Penal para el Estado de Hidalgo, es decir: "La misma pena a que se refiere el párrafo anterior se impondrá cuando el delito sea cometido en contra de una mujer embarazada acreditando la paternidad, y se aumentará en una mitad, cuando la conducta típica prevista en este artículo cause alguna afectación a la salud de la mujer embarazada o a la del producto en gestación".

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