Con Ley de Austeridad, Morena propone quitar desde uniformes hasta escoltas

Tampoco se gastaría en servicios de telefonía móvil y seguros de gastos médicos, entre otros. La legislación aplicaría para estado y municipios de Tamaulipas.

El objetivo de la iniciativa es tener ahorros en gastos que Morena considera superfluos. Foto: Shuttertock
Antonio Hernández
Ciudad Victoria /

Va Morena por Ley de Austeridad del Estado y Municipios de Tamaulipas, con 41 artículos pretende poner fin a lo que considera gastos superfluos. Con lo que se prohíbe desde los uniformes administrativos, escoltas, salvo funcionarios de seguridad y justicia, entre otros gastos más como uso de celulares y viajes en primera clase, así lo destacó la diputada local, Úrsula Salazar.

Al dar lectura a la iniciativa durante la sesión de hoy, también dijo que se prohibiría la constitución o celebración de fideicomisos o mandatos, queda prohibida en: Salud; Educación; Procuración de Justicia; Seguridad Social y Seguridad Pública.

Queda prohibida la compra de vestuario y uniformes para personal administrativo, las adquisiciones y arrendamientos de equipos de cómputo y comunicación se realizarán con base en planes de modernización.

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Establecer límites al número de viajes oficiales dentro y fuera del país, prohibiendo la adquisición de traslados en servicios de primera clase o equivalente y se establecerán límites por concepto de hospedaje.

Queda prohibida la contratación y pago de servicios de telefonía móvil a cargo del erario para cualquier servidor público de los tres poderes del Estado, municipios y organismos constitucionalmente autónomos, excepto cuando se requiera en función de las atribuciones, necesidades y responsabilidades de los servidores públicos, o elementos operativos.

Queda prohibida la compra o arrendamiento de vehículos de lujo o cuyo valor comercial supere las 4 mil 343 Unidades de Medida y Actualización diaria vigente para el transporte y traslado de los servidores públicos.

Queda prohibida la contratación de seguros de gastos médicos o seguro de vida con cargo al erario para ningún servidor público, exceptuando los elementos policiacos encargados de la Seguridad Pública del Estado y los Municipios.

Salarios

Los salarios de los funcionarios de los sujetos obligados mencionados en la presente Ley se ajustarán al tabulador establecido en los términos del presupuesto de egresos aprobado por el Congreso del Estado.

Para los empleados de base y confianza se fijará un valor salarial correspondiente a las atribuciones y obligaciones de la entidad, la naturaleza e importancia de la función y al riesgo de sufrir daño físico; debiendo garantizar la equidad y proporcionalidad interna en las remuneraciones, atendiendo la disciplina presupuestal

Sólo los servidores públicos con alta responsabilidad en materia de seguridad, procuración e impartición de justicia podrán disponer, con cargo al erario, de servicios de escolta.

En ningún otro caso se autorizará la erogación de recursos de los respectivos presupuestos ni el establecimiento de plazas para funciones de escolta.

Las remuneraciones que perciban todos los servidores públicos del Estado deberán ajustarse a las disposiciones contenidas en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Serán irrenunciables y adecuadas al desempeño de las funciones, empleos, cargos o comisiones y a la responsabilidad inherente al cargo. Queda prohibida la obtención de algún privilegio económico adicional a lo establecido en la ley.

Queda prohibida toda duplicidad de funciones en las unidades que conforman la administración pública.

Los contratos suscritos con empresas nacionales o extranjeras que hayan sido otorgados mediante tráfico de influencias, corrupción o que causen daño a la Hacienda Pública serán nulos de pleno derecho de conformidad con el marco normativo aplicable.

Supervisión y cumplimiento de ley

La Secretaría de Finanzas es la responsable de promover y evaluar las medidas de austeridad. Para lo anterior, formará un Comité de Evaluación en donde participen representantes de las diversas entidades y dependencias de la Administración Pública.

Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos autónomos, darán cumplimiento. En los municipios, las contralorías o tesorerías darán cuenta de lo establecido en el párrafo anterior.



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