Promueven que no contar con Atlas Municipal de Riesgos sea una falta administrativa grave

La iniciativa plantea que el titular de Protección Civil tiene entre sus facultades y obligaciones coordinar la elaboración del Atlas Municipal de Riesgos a más tardar 150 días después del inicio de la administración municipal

Octavio Magaña, coordinador de la bancada del PVEM en Hidalgo. (Cortesía)
Alejandro Reyes
Pachuca; Hidalgo /

El coordinador de la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Congreso del estado, Octavio Magaña Soto, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal para que se considere como una falta administrativa grave el no contar con el Atlas Municipal de Riesgos.

Indicó que de acuerdo con información de la Subsecretaría de Protección Civil y Gestión de Riesgos, al 2021, sólo 25 de los 84 municipios del estado cuentan con su Atlas Municipal de Riesgos, de los cuales 24 fueron afectados entre agosto y septiembre de ese año por inundaciones, un huracán y el derrame de combustible de una toma clandestina.

La iniciativa plantea que el titular de Protección Civil tiene entre sus facultades y obligaciones coordinar la elaboración del Atlas Municipal de Riesgos a más tardar en un término de 150 días naturales siguientes al inicio de la administración municipal, el cual deberá ser presentado por el presidente municipal para la aprobación del Ayuntamiento en el término de 30 días naturales siguientes para su respectiva publicación. Su actualización será cada dos años bajo el mismo procedimiento.

En tanto la omisión en la elaboración del Atlas Municipal de Riesgos se considerará una falta administrativa grave por lo que su incumplimiento dará lugar al procedimiento administrativo de responsabilidad correspondiente.

La iniciativa también plantea que los Ayuntamientos tienen entre sus facultades y obligaciones aprobar el Atlas Municipal de Riesgos dentro de los 180 días naturales posteriores al inicio de la administración municipal así como la actualización de este cada dos años para lo cual deberán contemplar en su presupuesto de egresos el monto correspondiente para su elaboración o actualización.

Por su parte, los presidentes municipales contarán hasta con 180 días naturales para presupuestar, gestionar lo conducente, ordenar la elaboración y aprobar en sesión de Cabildo el Atlas Municipal de Riesgos correspondiente o en su caso, actualizarlo durante su gestión.

De igual modo, el titular de Obras Públicas deberá coadyuvar con el Área de Protección civil en la elaboración o en su caso con la actualización del Atlas Municipal de Riesgos de manera coordinada con la instancia de Protección Civil.

La omisión de este ordenamiento se considerará una falta grave administrativa por lo que su incumplimiento dará lugar al procedimiento administrativo de responsabilidad del servidor público responsable del área.

Finalmente, la iniciativa fue turnada por la secretaria de la Diputación Permanente, Michelle Calderón Ramírez a la Comisión de Legislación para su análisis y resolutivo correspondiente.

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